Cartas

Estado de Derecho y responsabilidad fiscal

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Señor Director:

En relación a la carta del Sr. Rodrigo Castillo titulada “Reforma a los PMGD y responsabilidad fiscal”, publicada en esta sección el día 17 de octubre, no encontramos mejor forma para exponer lo errado de su argumento, que citando la siguiente jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional: “Se ha considerado que, entre los elementos propios de un Estado de Derecho, se encuentra la seguridad jurídica, la certeza del derecho y la protección de la confianza de quienes desarrollan su actividad con sujeción a sus principios y normas positivas. Esto implica que toda persona ha de poder confiar en que su comportamiento, si se sujeta al derecho vigente, será reconocido por el ordenamiento jurídico, produciéndose todos los efectos legalmente vinculados a los actos realizados. Esa confianza se ve naturalmente disminuida si el legislador, con posterioridad, les atribuye a dichos actos consecuencias jurídicas que son más desfavorables que aquellas con las cuales quien los realizó en el pasado podía contar al adoptar sus decisiones” (STC Rol N° 207-1995).  

Respetar el Estado de Derecho es la principal y más importante de las responsabilidades estatales.

Teresita Vial Villalobos Abogada, Profesora de Derecho Eléctrico

Alberto Vergara Arteaga Abogado, Profesor de Derecho Constitucional

Jorge Lembeye Abogado, Profesor de Derecho Civil y Comercial

Francisco Irarrázaval

Abogado, Profesor de Derecho Eléctrico

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