Cartas

Corte Suprema y sentencia de arbitraje

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Señor Director:

El abogado Alfredo Ugarte, en carta de 20 de julio, defendió una sentencia de la primera sala de la Corte Suprema que revisó por medio de la casación en el fondo una sentencia arbitral, a pesar de que las partes habían renunciado a los recursos.
Justifica el fallo señalando que la superintendencia correccional de la Corte Suprema (CS) la habilitaría para anular de oficio una sentencia arbitral cuando no se ha cumplido la ley y que tal facultad anulatoria sería instrumental para alcanzar la justicia material del caso, que sería “lo que verdaderamente importa”.
Dicha argumentación es errada. La superintendencia correccional de la CS no se encuentra bajo cuestionamiento. Para eso existe el recurso de queja. La Corte siempre puede acoger una queja si hubo una falta y/o abuso grave, pero un control sustantivo ejercido en contra de la voluntad de las partes desconoce que el acuerdo arbitral, en cuanto contrato legalmente celebrado, también obliga al juzgador.
¿O es que el respeto a los contratos no forma parte, también, de la justicia material?

Magdalena Price Elton
Abogada

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