Cartas

Condenas por caso La Polar

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Señor director:

La reciente condena civil contra los ex ejecutivos de La Polar por los perjuicios provocados a una AFP producto del esquema de repactaciones unilaterales ocurrido en 2011, constituye una buena oportunidad para relevar el cambio de paradigma en la pretensión punitiva que la denominada Ley de Delitos Económicos introdujo desde su publicación en agosto pasado.

Desde el punto de vista penal, la sanción impuesta en su momento a uno de esos ejecutivos fue una pena de cumplimiento en libertad y una multa de menos de 900 mil pesos. De haber estado vigente la Ley de Delitos Económicos, con una simulación conservadora, la pena a imponer podría haber sido una de cumplimiento efectivo de entre 12 años y seis meses a 15 años; la multa hubiera correspondido al ingreso promedio diario del condenado de entre 200 y 250 días; una serie de inhabilitaciones para desempeñarse en cargos públicos, cargos gerenciales y para contratar con el Estado y al comiso de las ganancias provocadas por el delito (según la demanda civil a esa época, de 220 millones).

La reforma más importante del sistema penal sustantivo desde 1874, la Ley de Delitos Económicos, adecuadamente permitirá que la comisión de ilícitos en este contexto no sea internalizada como “gastos” de la actividad al descubrirse el delito.

Diego Moreno Torres

BCP Abogados - Profesor de Derecho Penal, Universidad Alberto Hurtado

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