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Cartas

Cartas al Director

Por: Equipo DF

Publicado: Miércoles 22 de octubre de 2014 a las 05:00 hrs.

Peso comunista en la Nueva Mayoría


Señor Director:

Por fin se pudo realmente conocer cuál es la importancia del Partido Comunista dentro del actual gobierno de Chile. Ojalá no terminemos como otros países latinoamericanos y nuestra Presidenta vele por todos los chilenos y no por unos pocos políticos pertenecientes al Partido Comunista, que por siempre ha sido de índole internacional. Debemos cuidarnos y estar alertas para que no se produzcan hechos que son sin vuelta y muy dañinos.

Pedro Pablo Molina


Nulidad y derogación


Señor Director:

Nulidad legalmente hablando, es la sanción aplicada por el órgano competente –tribunal- a
los actos jurídicos cuyos requisitos están viciados o son inexistentes, y que consiste -a groso modo- en considerar como si ese acto jamás hubiese existido, debiendo volver las cosas al estado anterior a su suscripción.
La derogación –a groso modo- es un proceso por el cual se termina con la vigencia de una ley en virtud de otra posterior. Mediante ésta concluye dicha vigencia, pero no por eso deja de haber sido válida cuando se aplicó, ni se “entiende inexistente” desde el primer minuto.
El derecho penal occidental contiene un principio fundamental denominado indubio pro reo, el cual incluye la aplicación de la ley más favorable al delincuente. Esto significa que si entre la fecha de la comisión del delito y de la sentencia existió, aunque en el presente no esté vigente una ley más favorable, ésta se entiende al menos todavía vigente para ese caso.
Esta diferencia es la que explica lo que hoy vemos en el parlamento con el tópico: anular la ley de amnistía. Esto que es una absoluta extravagancia en Chile, intenta esquivar el mencionado principio a través de una ficción creativa la cual declararía la ley de amnistía como jamás existente, por lo cual nunca vigente.
Recordando que el plazo máximo en el derecho común chileno para reclamar la nulidad es de 10 años, el camino elegido por nuestros parlamentarios demuestra algo más que una simple búsqueda de justicia, y que los principios fundamentales del proceso penal moderno les resultan algo incómodos.
Finalmente, según entiendo no hay norma que le permita al parlamento dictaminar la sanción de nulidad, por lo cual estaría actuando al margen de sus funciones, y ejerciendo las del Poder Judicial.

Cristián Gabler
, Abogado


Prevenir fraudes con licencias médicas


Señor Director:

Entre los años 2005 y 2009 se duplicó el gasto en licencias médicas en Chile sin existir una razón médica, epidemiológica, legal u otra que explicara esta alza, por ese motivo, a inicios de 2009 se detectó la urgente necesidad de analizar y abordar este tema. Desde entonces, se considera que al menos el 30% de las licencias del sistema de salud son emitidas de manera fraudulenta lo que en pérdidas equivale a US$ 300 millones al año.
También es importante saber que el rechazo de las licencias médicas no solo está relacionado con la sospecha de un fraude en el trámite, sino que también existen causas médicas de rechazo y causas jurídico-administrativas que podrían generar la reducción o rechazo de una licencia médica. En este sentido, la ley faculta únicamente a la COMPIN en el sector público o a la Isapre en el sector privado para rechazar una licencia médica. En el caso privado, si una Isapre rechaza o modifica una licencia médica, el trabajador tiene el derecho de presentar una reclamación ante la COMPIN correspondiente al domicilio fijado en el Contrato de Salud, en un plazo de 15 días desde la recepción del pronunciamiento de la Isapre.
Tal y como reza el principio del Derecho Ignorantia juris non excusat, la ignorancia o desconocimiento de la ley no sirve como excusa, es por ese motivo que como sociedad es nuestra obligación mantenernos informados, especialmente en temas tan primordiales que afectan en nuestro día a día.

Rodrigo Varela
, Fiscal de Inmune

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