La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de reclamación y anuló la multa de UF 25 mil aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), en 2012, al ex presidente del directorio de la empresa La Polar, Pablo Alcalde Saavedra, por infracciones a la Ley de Mercado de Valores.
En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada capitalino –integrada por los ministros María Soledad Melo, Jaime Balmaceda y Maritza Villadangos– acogió el recurso presentado por la defensa del ex ejecutivo en contra de la resolución dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, que había confirmado la sanción, tras establecer que aplicar la multa vulnera el principio judicial de non bis ibídem, debido a que los mismos hechos fueron sancionado penalmente por el Segundo Juzgado de Garantía.
"En la situación planteada en el presente litigio y asumiendo que las conductas descritas en las letras a) y f) del artículo 59 de la Ley N° 18.045 son también "tipos administrativos" -cuestión que al menos se puso en duda en el motivo Décimo-, es evidente que tanto la figura penal como la figura administrativa protegen el mismo bien jurídico: el correcto y transparente funcionamiento del mercado de valores. Por consiguiente, cuando se ha sancionado ya penalmente a un sujeto por haber ejecutado las conductas que describen las letras a) y f) del artículo 59, se contraviene la prohibición del non bis in ídem cuando se lo pretende sancionar, nuevamente, en la sede administrativa", sostiene el fallo.
Cabe destacar que en marco de la investigación, la SVS resolvió sancionar a los involucrados en el Caso La Polar con más de US$5 millones.
Pablo Alcalde fue formalizado en 2012 como uno de los responsables del escándalo de las repactaciones unilaterales que se produjeron en el retailer.
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