Minvu mejora condiciones a proyectos de integración social: eleva subsidio y da préstamos a constructoras
Cartera implementó nuevo mecanismo que, junto con subir el valor máximo de venta de los inmuebles, al mismo tiempo eleva el monto de su apoyo a las familias más vulnerables.
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En los últimos meses el costo de construcción se ha disparado en más de un 10%, y sumado a las restricciones bancarias no solo se han visto en riesgo edificaciones particulares, sino también los proyectos de integración social que aún no pueden iniciar su ejecución.
“Hoy en el rubro de las viviendas sociales, las principales empresas se encuentran en situaciones de caer en insolvencia y, de acontecer aquello, las entregas de miles de casas y departamentos corren peligro de no concluirse”, advierte Rodrigo Andreucci, socio fundador de Andreucci & Torrejón abogados y experto en el área inmobiliaria.
Carlos Montes, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Rodrigo Andreucci socio de Andreucci & Torrejón.
En este contexto, las autoridades decidieron pasar a la acción. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) publicó recientemente en el Diario Oficial la Resolución Exenta 571° que deroga las condiciones del concurso nacional 2022 para la presentación de proyectos habitacionales de integración social. E introduce mejoras al programa más conocido como el DS19 “para ir en apoyo del sector construcción y así puedan retomar los proyectos a los que han renunciado, que no han iniciado aún o continúen también las obras”, según explica el jefe de la cartera, Carlos Montes.
De manera que dicho documento mejorará “las condiciones de financiamiento para un total de 46.026 viviendas seleccionadas en los llamados en 2019, 2020, 2021 (y 2022)”, dice el ministro. Lo anterior, siempre y cuando cuyos subsidios aún no hayan sido “presentados a cobro ante el Serviu por la Entidad Desarrolladora”, ni hayan iniciado el desarrollo de obras.
Mayores precios de venta
Entre los principales cambios, figura la ampliación del número de cupos de subsidio para este segmento en todo el país, pasando de 9.300 (según la resolución derogada 404°) a 11 mil. A esto se suma la entrega a constructoras de un préstamo de enlace por un monto máximo de UF 300 por vivienda.
Además, en lo referido a las viviendas destinadas a familias vulnerables, la disposición reajusta el valor mínimo y máximo bajo el cual pueden ser vendidas estas casas o departamentos, y el monto dependerá de la zona en la cual se ubiquen. Así, en el caso de las viviendas DS 19 emplazadas en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Santiago, Aysén, y en las provincias de Chiloé y Palena, la resolución fija un precio mínimo de venta límite que antes no estaba considerado. De esta manera, proyectos que postularon al programa en 2019, por ejemplo, podrían ver incrementado el valor de venta (de ese entonces) debido al reajuste de precio al año 2022.
Así, un ejemplo para los casos de viviendas en estas zonas que alcanzan un precio máximo de comercialización de hasta UF 1.400 es que recibirán un subsidio de hasta UF 1.100 por unidad.
Mientras que las viviendas DS 19 que se ubiquen en las restantes regiones, provincias y comunas del país podrán ser vendidas a un máximo de hasta UF 1.300 y con un subsidio no mayor a UF 1.000.
En lo que respecta a proyectos destinados a sectores medios, la normativa aumenta el precio máximo de viviendas desde UF 1.100 a UF 1.400. Y en aquellas cuyo precio era de UF 2.600, ahora pasa a UF 2.800. Para estos casos, establece subsidios que van entre las UF 250 y UF 437,5.
Si bien Andreucci sostiene que “esta es una buena ayuda que el Gobierno está dando al rubro”, recomienda que es necesario que el Minvu dicte pronto una resolución complementaria que corrija vacíos y contradicciones. Una de ellas es que “la resolución establece como requisito para cobrar el valor de las viviendas conforme al precio de 2022 que éstas ‘no estén comprometidas’, pero aquellas siempre lo están a favor de las familias que se han adjudicado los subsidios”, argumenta. Y agrega que “es posible que Contraloría cuestione la legalidad de esta resolución, toda vez que el Estado por sí mismo no puede hacer préstamos de enlace a constructoras. El Estado y sus organismos sólo pueden realizar lo que la ley permite”.