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Contrapesos al SII, plazos para NGA y uso de efectivo: los ejes del acuerdo tributario entre Hacienda y el Senado

Según las enmiendas que ingresó el Ejecutivo al proyecto antievasión, el consejo tributario externo tendrá inhabilidades para sus integrantes. Y si bien la Norma General Antielusión (NGA) sigue en sede judicial, se explicita mejor el período de prescripción de los hechos revisados.

Por: Sebastian Valdenegro | Publicado: Miércoles 28 de agosto de 2024 a las 04:00 hrs.
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Las enmiendas fueron fruto de un acuerdo entre Hacienda y los senadores. Foto: Ministerio de Hacienda
Las enmiendas fueron fruto de un acuerdo entre Hacienda y los senadores. Foto: Ministerio de Hacienda

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Pasadas las 17:30 horas de este martes, se marcó un nuevo hito en la tramitación del proyecto antievasión. ¿La razón? El Gobierno ingresó al Senado un nuevo paquete de indicaciones a la iniciativa, el que complementa las enmiendas presentadas el 12 de agosto.

Eso sí, este set tenía una particularidad: daba cuerpo al acuerdo entre los técnicos de los senadores de la comisión de Hacienda y los de Teatinos 120, con foco en cambios a la Norma General Antielusión (NGA) y la gobernanza para el Servicio de Impuestos Internos (SII), dos de los temas más controversiales y que distanciaban las posiciones entre el Ejecutivo y el Legislativo.

En 40 páginas se plasmó el consenso entre las partes, luego de una reunión final que se desarrolló entre los asesores de ambas veredas la tarde del lunes. Estos cambios serán analizados por la comisión de Hacienda en los próximos días, con el objetivo de enviar a Sala el texto a inicios de septiembre.

Se aclara la NGA

El acuerdo contempla mantener en sede judicial la Norma Antielusiva. O sea, que si el director del servicio quiere calificar un acto como elusivo, debe acudir primero a un Tribunal Tributario y Aduanero (TTA) para que confirme o rechace aquello. Esto revierte la propuesta inicial del Ejecutivo, que buscaba que fuera el contribuyente quien debía acudir a tribunales para oponerse.

En las enmiendas, se aclaran algunos temas de la NGA. Por ejemplo, se define que existirá elusión cuando, mediante actos o negocios jurídicos o un conjunto de ellos, con abuso o simulación, se eluden los hechos imponibles establecidos en las disposiciones legales tributarias.

También, se podrá aplicar la Norma General Antielusiva cuando la elusión comprenda un conjunto o serie de actos o negocios jurídicos, aun cuando respecto de uno o más de ellos, individualmente considerados, pueda aplicarse una norma especial antielusiva.

Otro cambio fundamental es que se fija un plazo específico de prescripción de los actos o negocios jurídicos que pueden ser recalificados: seis años. Esto es mayor al rango entre tres y seis años hoy vigente, pero menor a los 10 años que puso Hacienda sobre la mesa en las negociaciones.

También, se reemplazan los términos “actos o negocios simulados”, por “actos o negocios jurídicos simulados” como los que pueden ser objeto de revisión por la NGA.

Para declarar la elusión, se establecen como condiciones que los actos o negocios jurídicos o una serie de ellos hubieren generado una reducción de la base imponible igual o superior a 1.000 UTM; o se hubiere accedido a un beneficio tributario; o se hubiere ingresado a un régimen tributario especial.

Contrapesos para el SII

Las enmiendas crean dos nuevos consejos en el servicio: uno interno, denominado “comité ejecutivo”; y uno externo, el “consejo tributario”.

El primero tendrá una serie de funciones para contrapesar las potestades del director del SII, ya que será integrado por los subdirectores de Fiscalización, Jurídica y Normativa del organismo, quienes ya no serán designados por el titular del organismo, sino vía Alta Dirección Pública (ADP). En función de esto, la dirección nacional del SII ya no solo estará integrada por su director, sino también por esos tres subdirectores.

Este comité podrá tener opinión sobre la pertinencia de calificar un acto como elusivo ante un TTA. Dicha instancia podrá escuchar los descargos y los antecedentes del contribuyente acusado. También, tendrá que emitir un informe con plazos específicos respecto a la calificación de un acto como elusivo o no.

Adicionalmente, el comité podrá pronunciarse sobre la presentación de denuncias o querellas superiores a 1.200 UTA; la recompensa para el denunciante anónimo; transacciones u operaciones con interés institucional; y liquidaciones, resoluciones y giros derivados de lo anterior.

Los acuerdos deberán ser por unanimidad de sus integrantes.

El consejo tributario, en tanto, tendrá opinión vinculante sobre la juridicidad de las circulares que proponga el director del SII y que sean objeto de consulta pública previa. Podrán rechazarse o aprobarse con el voto de tres de cuatro de los consejeros. El titular del SII también será parte del consejo.

También podrá conocer y opinar sobre el Plan de Gestión del Cumplimiento Tributario del servicio, pero su parecer no será vinculante.

Los consejeros serán escogidos por el Ministro de Hacienda previa terna propuesta por ADP. Durarán cinco años en sus cargos y tendrán inhabilidades, como realizar funciones de asesoría tributaria o jurídica y/o tener la representación administrativa o judicial de contribuyentes ante el SII en el ejercicio de su cargo; y haber sido condenado con pena aflictiva, violencia intrafamilar o algún delito que prohíba a perpetuidad el ejercicio de un cargo público, entre otros.

Serán remunerados con hasta 50 UF por sesión, con un tope de 150 UF al mes.

Uso de efectivo e informalidad

Las indicaciones también contemplan medidas para controlar la informalidad. Por ejemplo, se elimina la exención de IVA para importaciones por un valor de hasta US$ 41 por unidad. En cambio, se establece una exención de arancel para compras desde el exterior por un límite de hasta US$ 500.

También se establece que las operaciones de compra y venta que superen las 50 UF o su equivalente en moneda extranjera deberán efectuarse siempre a través de medios de pagos electrónicos o cualquier otro medio de pago que permita la individualización del pagador.

Lo anterior, dice el texto, se aplicará respecto de la integridad o totalidad del valor de la operación realizada, sin que sea posible fraccionar el pago en cantidades inferiores al límite establecido o realizar compras sucesivas con el mismo fin.

Sin perjuicio de aquello, el director del SII, mediante resolución fundada, podrá determinar que determinados sectores o actividades económicas en o una o más regiones del país queden excluidos de esta obligación. El directivo deberá considerar las características de los sectores económicos, la penetración de medios de pago electrónicos o bancarización de los contribuyentes en un territorio determinado.

Avanza el texto

Ayer, la comisión de Hacienda del Senado aprobó los primeros artículos del set de indicaciones relativo a delitos tributarios, como cambiar el concepto de impuesto “evadido” por “defraudado”; equiparar las penas para quienes emiten un documento tributario falso y para quienes las incorporan en su contabilidad; y los mecanismos para clausurar los sitios web de personas que usen plataformas digitales para comercializar bienes.

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