Click acá para ir directamente al contenido
Editorial

Cierre de vías

Por: Equipo DF

Publicado: Miércoles 26 de enero de 2011 a las 05:00 hrs.

El pasado 20 de enero el Tribunal Constitucional resolvió fallar en contra de una ley que permitía el cierre de calles, pasajes y vías locales. En su resolución, desarrollada en cerca de 24 páginas, el TC expone el origen y naturaleza de la iniciativa legal objetada constitucionalmente, citando que en el debate parlamentario, tanto en la Cámara como en el Senado, integrantes del poder legislativo hicieron ver que lo que se estaba debatiendo tenía un trasfondo constitucional no abordado en el proyecto, en especial porque su aprobación suponía restringir derechos de terceros, entre otros invocando temas de seguridad pública de ciertos grupos de personas.



Si bien este es un tema que cabe en la categoría de los asuntos ciudadanos o urbanos, el trasfondo constitucional merece ser analizado con mayor detención, dejando por cierto de lado las pasiones con que se han expresado los grupos de interés (léase vecinos que alentados por algunos alcaldes tendrán que desmantelar los portones que cierran calles públicas). En efecto, entre otras consideraciones el fallo deja constancia de que el cierre y las medidas de control de acceso a las vías locales afectan el ejercicio del derecho a la libertad de circulación por las mismas, que es parte del conjunto de garantías de la libertad ambulatoria contenidas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, según el cual toda persona tiene derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, trasladarse de uno a otro y entrar y salir de su territorio, a condición de que se guarden las normas establecidas en la ley y salvo siempre el perjuicio de terceros. A renglón seguido el TC apunta que sí se ajusta a la Constitución aquella parte de la ley referida a calles con una única vía de acceso, ya que en ese caso se concilian adecuadamente el derecho a traslado de los ciudadanos y el supuesto objetivo perseguido de contribuir con el aparato estatal al cumplimiento de su obligación de brindar protección y seguridad.

Resulta del todo razonable el acuerdo alcanzado por el TC, en particular porque existe el riesgo, si es que ese riesgo no es ya un hecho cierto, de que se abuse de la práctica de cerrar vías locales de uso público. El mercado ha asignado distintos valores a propiedades que pueden gozar de espacios comunes cerrados y aquellas que no, de modo que la práctica de cerrar vías públicas que en los hechos pertenecen y han sido desarrolladas con cargos a los impuestos de todos los ciudadanos, implícitamente supone un abuso y una distorsión al buen funcionamiento del mercado, por más atendible que sea la demanda de mayor seguridad de los vecinos.

Te recomendamos