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Sobre formalidad, créditos tributarios y progresividad

Por: Pablo Gutiérrez, académico e Investigador del Centro de Estudios Tributarios, FEN U. de Chile. | Publicado: Jueves 2 de febrero de 2023 a las 04:00 hrs.
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Pablo Gutiérrez, académico e Investigador del Centro de Estudios Tributarios, FEN U. de Chile.

Mucho se ha hablado de que uno de los problemas más complejos del mercado laboral en Chile es el alto nivel de informalidad, el cual alcanza un 27,3% del total de ocupados del país, entre septiembre y noviembre de 2022, según datos del INE. Si bien, desde el punto de vista individual hay ciertos beneficios a corto plazo de estar en la informalidad, tales como evitar el pago de contribuciones a la salud y a las pensiones, también hay costos, como limitar el acceso a ciertos beneficios sociales, por ejemplo, el seguro de desempleo. 

Una forma de incentivar la participación formal podría darse por medio del sistema tributario, otorgando beneficios a través de la declaración de impuestos. A simple vista, entregar beneficios tributarios que disminuyen la carga tributaria, como reducir la base tributable, parece ser inefectivo para fomentar la formalidad, debido a que un trabajador informal probablemente tendrá una renta bruta que se encuentra completamente exenta del pago de impuestos.

Sin embargo, entregar un beneficio tributable, incluso si no se paga impuestos, podría afectar positivamente la formalidad. Esto ya es una realidad en otros países. En Canadá, por ejemplo, se entrega este tipo de beneficios con devolución (refundable tax credit), para aquellos que reciben más de cierta cantidad de ingreso laboral y menos que un umbral establecido. En este caso, existe un porcentaje de la población que no paga impuestos, pero recibe devolución tributaria. Este crédito, que busca fomentar la participación laboral, podría ser, en ciertos casos, un impuesto negativo.

Esta es una medida que se podría implementar en Chile, entregando este beneficio tributario a personas que presten servicios asociados al cuidado de menores de dos años (en los casos en que el contribuyente no cuente con derecho a sala cuna) y de personas con dependencia severa o profunda, además del grupo que fue recientemente agregado en las indicaciones a la reforma tributaria que prepara este gobierno, correspondiente a mayores de 80 años.

Hasta el momento, la propuesta de incorporar este beneficio se materializaría a través de la reducción de la carga tributaria, mediante la “deducción en la renta bruta imponible anual de los gastos por cuidados efectivamente pagados durante el año calendario” (Hacienda 2023, proyecto de ley de reforma tributaria en actual tramitación en el Congreso). Pese a lo positivo de incluir este beneficio tributario, en este caso ocurre que a medida que la persona paga más impuestos, mayor será el potencial beneficio proveniente de esta deducción tributaria. Sin embargo, aquellos que no pagan impuestos no reciben el beneficio. Por tanto, no es una medida completamente progresiva.

Es por ello que para mejorar la progresividad del beneficio por prestar dichos cuidados se requiere que este contemple una devolución tributaria, así como ocurre en Canadá. Al mismo tiempo, este tipo de beneficio, además, podría fomentar la formalidad laboral, estableciendo un ingreso mínimo mensual promedio para recibirlo. De esta forma, cuando un integrante de la fuerza laboral que enfrente la disyuntiva de formalizarse o no, enfrentará mayores costos de ser informal, haciendo más atractivo el mercado formal.

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