DF Tax | ¿Por qué el SII se preocupa y ocupa de precios de transferencia?
Christian Silva, socio director de Desarrollo de Negocios de Moore-Landa.
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Christian Silva
Casi una costumbre ha sido que el SII, próximo al vencimiento de las obligaciones tributarias de precios de transferencia (declaraciones juradas 1907 de Precios de Transferencia, 1937 de Reporte País por País, 1950 de Archivo Maestro y 1951 de Archivo Local) se pronuncia en esta materia.
El año pasado emitió la Circular 29, donde tipificó, de una mejor manera, las multas que pueden llegar a 50 UTA ($ 38 millones) y ahora nos sorprende con la Resolución 70, donde se otorga una prórroga automática por tres meses para estas declaraciones.
“Próximo a cumplir 10 años desde que los contribuyentes comenzaron a reportar a la autoridad tributaria sus transacciones con relacionados del exterior, ha ido aumentando las empresas y profesionales que se dedican a asesorar en esta materia, lo cual es muy bueno: hay cordillera para todos los guanacos”.
“Nos encontramos en un win-win con una prórroga informada por el SII para la presentación de las declaraciones juradas, la cual beneficia a ambas partes: por un lado, los contribuyentes pueden preparar de mejor manera sus reportes, así como el SII evita estar a último día aprobando todas las solicitudes administrativas en esta materia”.
Al revisar el Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario del SII, cada año otorga un párrafo especial a precios de transferencia, donde muestran los avances en materia de cumplimiento, fiscalización y recaudación, esta última ha generado un sustancial incremento para las arcas fiscales.
Próximo a cumplir 10 años desde que los contribuyentes comenzaron a reportar a la autoridad tributaria sus transacciones con relacionados del exterior, ha ido aumentando las empresas y profesionales que se dedican a asesorar en esta materia, lo cual es muy bueno: hay cordillera para todos los guanacos.
Lo importante es tener presente que, a la larga, lo barato puede significar caro y si bien se cumple con la presentación en tiempo y forma de estas obligaciones, el corazón de precios de transferencia es la comparabilidad y al no contar con las bases de datos apropiadas, en caso de una fiscalización, que en promedio se extienden por un año, con el trabajo de abogados, contadores, economistas, entre otros, el resultado podría ser adverso y así quedar afecto a un ajuste, el cual es de 40% de la diferencia, acorde al artículo 21 de LIR.
¿Por qué el SII se preocupa y ocupa de precios de Transferencia?
Como dirían los gringos, nos encontramos en un win-win con una prórroga, la cual beneficia a ambas partes: por un lado, los contribuyentes pueden preparar de mejor manera sus reportes, así como el SII evita estar a último día aprobando todas las solicitudes administrativas en esta materia.