Mad Max en Nogales
Clemente Pérez Abogado, Máster en Políticas Públicas
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Clemente Pérez
Ya nos estamos acostumbrando a que las autoridades opten abiertamente por vulnerar la Constitución, sin pudores de ninguna especie, con tal de satisfacer legítimas necesidades de la población. Lo reconoció públicamente Adriana Muñoz, presidenta del Senado, cuando dijo: “Prefiero cometer un sacrilegio con la Constitución que pasar por sobre una demanda urgente de padres y madres”, justificando de esa manera evadir las normas de iniciativa presidencial en relación al postnatal de emergencia.
Ahora es la propia Corte Suprema la que incurre abiertamente en una inconstitucionalidad al condenar al Municipio de Nogales en un recurso en el que éste ni siquiera era parte.
De nuevo un poder del Estado es víctima del “buenismo”, y con buenas intenciones toman decisiones sin reparar en los medios ni en las consecuencias. Nos enteramos esta semana de que un recurso de una comunidad contra una minera por acceso al agua, termina en una condena al Municipio, que sólo ha tratado de colaborar en el tema, obligándolo a proveer 100 litros de agua al día a cada uno de los habitantes de la comuna.
Entonces, ante la imagen del juez Sergio Muñoz nuevamente vestido de héroe, con capa y espada (esta vez disfrazado del protagonista de Mad Max, en el mismo año 2021 en que ocurre la película de ficción), repartiendo agua a comunidades sedientas, cabe hacerse la pregunta: ¿por qué sólo 100 litros diarios y no más? ¿Por qué sólo a las comunidades de Nogales, y no a todas las comunas que atraviesan esta horrible sequía? ¿Cómo puede la Corte Suprema negar el vital elemento a tantas comunidades sedientas del resto del país?
En caso de negarse la Suprema a ampliar su fallo (no necesita contrapartes, ya está claro), los culpables de la sequía ya no serán las mineras, ni los productores de paltas, ni el cambio climático, sino la propia Corte Suprema, que se niega a darle agua a todos los habitantes del país, de la misma forma que lo hizo con los habitantes de Nogales.
De hecho, si la Suprema fuera un poco más considerada, podría haber obligado al municipio de Nogales, y a todos los demás, y fundado en otro derecho humano, esta vez el derecho al trabajo, a contratar a todos los cesantes que hubiere en sus respectivas comunas. Acabaría entonces de una vez, con dos graves problemas, sequía y desempleo, y con la misma tinta.
Eso pasa con estas patriadas personales que vulneran las normas del Estado de Derecho. Mejor hagamos las cosas bien: que la Nueva Constitución reconozca el agua como un bien nacional de uso público y el derecho al agua como un derecho humano (en eso, sólo en eso, el fallo de la Suprema es correcto). Y que se privilegie el abastecimiento de la población al momento de otorgar derechos o usos de agua.
Pero que sea la ley, y un organismo técnico mandatado por esta, la que determine cómo, cuándo y por qué medios, se hace posible el ejercicio de este derecho humano que es el acceso al agua, y no por fallos de la Corte Suprema, que condenan a quien no es parte, resuelven otorgar un recurso sin haber analizado su disponibilidad, y otorgan derechos, que pueden ser tan inmateriales como bien intencionados.