Cartas

Delitos informáticos

  • T+
  • T-

Compartir

Señora Directora:

Con fecha 20 de junio de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.459 que establece normas sobre delitos informáticos que tipifica ocho figuras penales, que buscan resguardar la intromisión a los sistemas informáticos y la ciberseguridad.

A su vez, incluye estos ilícitos en el catálogo de delitos de la Ley de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica, conllevando, en consecuencia, a que ésta última también pueda ser responsable de los ilícitos en esta materia que se cometan en su interior.

En esta línea, las empresas deberán adaptarse a los constantes cambios en las tecnologías de la información e implementar una cultura en todos sus miembros del correcto uso de los sistemas.

Es evidente que la limitada regulación con la que contábamos mantuvo como “permisibles” diversas conductas habituales en el margen de las labores en las distintas áreas, particularmente aquellas que tienen relación con TI y manejo de datos. Por lo anterior, las empresas no solo deberán incluir estos nuevos riesgos en sus programas de cumplimiento y políticas, sino que, derechamente, generar cambios radicales en el manejo de la información propia como de terceros. Incluso, no se descarta la figura de un oficial a cargo de la ciberseguridad, particularmente para aquellas compañías que manejan altos niveles de información en sus sistemas informáticos.

Francisca Franzani

Directora Grupo Compliance Albagli Zaliasnik

Lo más leído