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CorpBanca e informe de Moody´s


Señor Director:


Vengo en solicitar se aclare o rectifique la información aparecida en la edición de fecha 28 de enero de 2016 de Diario Financiero bajo el título "Informe de Moody´s respalda multa de la SBIF a CorpBanca". En la referida nota, que no aparece firmada, se tergiversa sorprendente e injustificadamente el informe de la clasificadora de riesgos Moody´s, al mencionar en su titular y luego en el desarrollo de la noticia que dicha entidad "respalda la multa de la SBIF a CorpBanca".


En ninguna parte de dicho informe, Moody´s expresa, ni explicita ni implícitamente, lo que con su titular destaca el artículo.


Muy por el contrario, Moody´s da cuenta en el informe, de una disparidad de criterios entre CorpBanca y la SBIF en relación a la aplicación de la normativa de la Ley General de Bancos respecto de los márgenes de crédito, diferencia que será resuelta por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, conociendo de la acción de reclamación interpuesta por CorpBanca. Luego el informe señala que, de subsistir el criterio de la SBIF, su decisión de sancionar a CorpBanca podría conllevar procesos de revisión de la banca que podrían resultar en nuevas sanciones para la industria bancaria, dejando entrever con claridad que se trata de una señal nueva y, por lo tanto, distinta de la aplicada hasta la fecha.


Nos llama profundamente la atención que la nota omita el claro tenor de algunas consideraciones efectuadas por Moody´s, relevantes para entender el contexto en que se aplica esta multa. Estas consideraciones se refieren a la interpretación de Moody´s, coincidente por lo demás con la de CorpBanca, acerca de la legislación aplicable en materia de límites de crédito y, el hecho de que se trataría de un nuevo criterio que podría impactar a toda la banca chilena. Entre las consideraciones del informe, omitidas por la nota del Diario Financiero, destacan las siguientes:


1. que las regulaciones chilenas no establecen límites consolidados para la concentración en deudores, sin perjuicio prohibir de la creación de diferentes sociedades con el único propósito de eludir el límite ("Chile´s regulations require banks to limit concentrations to single-borrowers to 10% of regulatory capital, with no limits on a consolidated basis, but prohibit the creation of different companies for the sole purpose of bypassing the limit").


2. que si la decisión de la SBIF es multar a CorpBanca y supervisar más de cerca la concentración de riesgo de los bancos chilenos, esto podría conducir a más multas para otros bancos. ("If the SBIF´s decision to fine CorpBanca is a sing that it will be taking a closer look at concentration risks at all Chilean banks, this could lead to more fines being levied on other banks..."). Demás está decir que esta última consideración reconoce implíticamente que el mercado chileno no entiende la norma de la forma en que ahora la SBIF la interpreta, lo que se ve reafirmado cuando la clasificadora acota que la alta concentración en los créditos es una característica común al mercado chileno ("high loan book concentrations, both to single borrowers and industry groups, are a common feature of Chile´s banking system").


Las alusiones y omisiones antes comentadas, la tergiversación del informe de Moody´s y el hecho de no haber sido consultados sobre nuestra posición respecto de este informe, dan como resultado un artículo que desinforma a sus lectores y al mercado, induce a errores manifiestos y causa a CorpBanca un daño significativo.


Fernando Massú


Gerente general de CorpBanca


Gratuidad


Señor Director:


En mi concepto, la "gratuidad universitaria" es absolutamente irracional, pues la universidad es exclusivamente para los privilegiados intelectuales. En otras palabras no considero que sea un derecho como se nos quiere hacer creer, sino un privilegio y, más aún, destinado sólo a los más capaces de la sociedad. Si alguno de esos intelectualmente más capaces no tiene los medios económicos para solventar este privilegio, la sociedad podrá prestárselos, y cuando sea rico deberá devolver los fondos para así ayudar a otros privilegiados sin recursos económicos.


Raúl Benaprés Williamson

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