CMF multa a BancoEstado por no restituir fondos defraudados a 488 clientes
El regulador financiero decidió multar a la compañía estatal con una sanción de UF 4.000.
Por: Vicente Vera V.
Publicado: Viernes 3 de febrero de 2023 a las 12:35 hrs.
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El Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó a través de un comunicado de prensa que decidió multar a BancoEstado por UF 4.000 -equivalente a $ 141 millones- por no cancelar los cargos o restituir oportunamente los fondos a usuarios afectados por hurto, robo, extravío o fraude en tarjetas de pago o transacciones electrónicas.
De acuerdo a las indagaciones de la entidad presidida por Solange Berstein, se identificaron 488 casos en que BancoEstado no dio curso a las respectivas cancelaciones o restituciones en el plazo legal, desconociendo la naturaleza de su obligación. Esta debió operar de forma irrestricta dentro del plazo de cinco días contados desde la fecha del reclamo.
También se acreditó que la compañía estatal no cumplió las instrucciones de la CMF al no publicar en su sitio web, en un plazo de 15 días hábiles, la información semestral de casos afectados por extravío, hurto, robo o fraude en tarjetas de pago o transacciones electrónicas, según lo dispone el artículo 5° de la Ley de Fraudes (N° 20.009).
Cabe recordar que la entidad financiera que tuvo las mayores pérdidas brutas registradas por fraudes externos en 2022 fue BancoEstado con US$ 48,3 millones, abarcando el 35% de los montos de la banca en 2022. Las pérdidas por este concepto crecieron 20,2% respecto a 2021.
El regulador recordó que la Ley Anti Fraude señala que las instituciones financieras deberán proceder a cancelar los cargos realizados o restituir los fondos de operaciones en que el usuario desconozca haber otorgado su autorización o consentimiento.
Esto, dentro de cinco días hábiles contados desde la fecha en que el usuario realizó el reclamo en la institución financiera y en aquellos casos en que el monto total reclamado sea igual o inferior a UF 35, aproximadamente unos $ 1,2 millones.
Si el monto reclamado es superior a esa cifra, el emisor deberá proceder a la cancelación de los cargos o a la restitución de los fondos, según corresponda, por un valor de UF 35 en igual plazo.
Para el monto restante, el emisor tendrá siete días adicionales para cancelarlos, restituirlos al usuario, o ejercer acciones ante el juez de policía local, debiendo notificar al usuario la decisión que adopte.
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