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Nueva Ley de Delitos Económicos: aún queda camino por recorrer

Mauricio Fernández Director Delitos Económicos y Medioambientales Fiscalía Nacional del Ministerio Público

Por: Mauricio Fernández | Publicado: Martes 27 de agosto de 2024 a las 04:00 hrs.
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Mauricio Fernández

El 17 de agosto del año pasado entró en vigor la Ley 21.595, normativa de importante impacto y trascendencia, que en realidad implica reformas en tres estatutos de índole penal: el de los delitos económicos, el de los delitos medioambientales, y el de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Haciendo una revisión por estatuto, en delitos económicos ha significado la creación de algunos nuevos delitos, mejoras o desmejoras en otros, pero sobre todo, para un amplio campo de delitos económicos y relacionados se creó un nuevo marco penal de posibles sanciones privativas de libertad y de multas más severas. Ello constituye el mayor cambio de las normas penales relacionadas con delitos de “cuello blanco” desde la vigencia del Código Penal en el ya lejano 1874.

“En el plano medioambiental, los desafíos son inmensos, ya que la reforma no se hizo cargo del fortalecimiento fiscal ni policial para facilitar la aplicación de estos complejos estatutos”.

Este nuevo escenario para la sanción por tribunales de la delincuencia económica responde a una iniciativa transversal del Congreso Nacional, que logró transformar en ley un complejo proyecto iniciado por diputados, con el apoyo intensivo de académicos y penalistas reconocidos en nuestro país.

A pesar de su relevancia, el nuevo estatuto de sanciones penales más severas para los delitos económicos no ha tenido oportunidad de ser aplicado aún por los tribunales de competencia criminal, fundamentalmente porque aún son escasos y recientes los hechos investigados en la temporalidad exigida por la ley 21.595.

La Unidad de Delitos Económicos y Medioambientales (Ulddeco) de la Fiscalía Nacional, por expresa instrucción del Fiscal Nacional, ha estado en estos meses trabajando intensamente en la preparación de fiscales especializados para la aplicación de estos nuevos estatutos y abordarlos en una relación estrecha y fluida con las policías especializadas. La ciudadanía debiera esperar de parte de las autoridades del Ministerio Público una decidida implementación y una racional aplicación de estos novedosos estatutos punitivos, especialmente en aras de una persecución penal más efectiva de la delincuencia económica y medioambiental más grave.

En el plano medioambiental, si bien es muy destacable el trabajo de coordinación y apoyo generado desde el principio entre la Fiscalía Nacional y la Superintendencia de Medioambiente (SMA), y el trabajo permanente con las jefaturas de Delitos Económicos y de Delitos Medioambientales de la Policía de Investigaciones, los desafíos operativos son inmensos considerando una mega reforma que no se hizo cargo de ningún fortalecimiento fiscal ni policial que facilite la debida aplicación de estos complejos estatutos.

Ahí radica la principal tarea pendiente para el Poder Ejecutivo, especialmente si estamos ad portas -el próximo 1 de septiembre- de la entrada en vigencia del tercer estatuto que compone la Ley 21.595, como es el de la sustancial ampliación y simplificación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Es una tremenda ley, que recién ahora está cerrando su ciclo de implementación completo y con muchos caminos aún por recorrer para dejarla operativa como la ciudadanía espera.

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