DF Tax | ¿Quién paga los impuestos y sus costos en ineficiencia?
- T+
- T-
José Yáñez, director académico del Centro de Estudios Tributarios U. de Chile
Una pregunta que muchas veces se formulan los agentes económicos (familias, las empresas y el Estado), especialmente en tiempos de anuncios de reformas tributarias, es ¿quién verdaderamente paga los impuestos y la pérdida de eficiencia que estos suelen generar? Alguien desinformado podría responder señalando que paga el agente económico, que se indica en el texto legal que crea y regula el impuesto, o que lo determina alguna autoridad económica. Sin embargo, en ambos casos, estos solo definen quién se encargará de recolectar y entregar los ingresos impositivos al Fisco o, como dirían otros, se encargan de firmar el cheque, pero no necesariamente desembolsan los recursos propios para pagar el impuesto.
Por la misma razón, la pregunta antes mencionada ha sido largamente analizada y estudiada por la economía. Para responderla, se debe examinar la incidencia de los impuestos y cómo estos se trasladan entre los agentes económicos. En primer lugar, se propone distinguir dos tipos de incidencia de los impuestos: la incidencia legal o estatutaria, la cual se fija en la ley que estableció el gravamen; y la incidencia económica, que es aquella que permite determinar quién paga verdaderamente el impuesto y la pérdida de eficiencia que lo acompaña. Cabe destacar que la incidencia económica depende de las características de los mercados gravados y no de la voluntad de quien elabora la ley o de las autoridades económicas.
Y, en segundo lugar, debemos mencionar que los impuestos se trasladan entre los agentes económicos en dos direcciones: hacia adelante y hacia atrás, orientados a los demandantes u oferentes de un bien, servicio de consumo o un factor de producción, respectivamente. En el primer caso, la carga impositiva grava el gasto en consumo; mientras que en el segundo el impuesto se aplica sobre los ingresos de los agentes económicos.
Uno de los factores determinantes en la traslación de un impuesto es la elasticidad precio de la función demanda y oferta, en relación al precio del bien de consumo o del factor de producción gravado. Este planteamiento se justifica con el argumento de que el lado más inelástico del mercado (demanda u oferta) es el que pagará una mayor proporción del impuesto y se hará cargo de la pérdida de eficiencia. En este aspecto, las elasticidades precio son independientes de la voluntad de quien elabora la ley impositiva o de la autoridad económica. Estas son características propias del mercado.
Existe otra característica del mercado que influye en la traslación de los impuestos. Esta es la función objetivo del empresario. De acuerdo con la economía, si se coloca un impuesto sobre la utilidad de un monopolista que maximiza su utilidad económica, la incidencia económica de este impuesto recae completamente sobre el monopolista. En cambio, si este se comporta de acuerdo con la teoría de agencia, un porcentaje de este impuesto se trasladará hacia los consumidores del producto y el otro permanecerá con el monopolista.
El propósito de esta columna no es revisar todos los factores determinantes, sino más bien advertir que en la práctica resulta muy difícil señalar con certeza quién realmente pagará un impuesto y los costos en ineficiencia que normalmente producen. Y es que los agentes económicos siempre reaccionan a la aplicación de un impuesto, traspasándolo hacia los costos de producción. Por esa vía -además de determinadas elasticidades precio-, se terminará trasladando el gravamen a otros agentes económicos.
Mientras más larga es la cadena de agentes económicos que intervienen en el proceso entre el punto de aplicación del impuesto al producto y la llegada de este a un consumidor final, las cargas del gravamen (pago del impuesto y pérdida de eficiencia) se terminarán repartiendo entre más agentes económicos, haciendo más difícil de determinar quién paga finalmente los impuestos, a menos que se conozcan todas las características del mercado.