La
Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) publicó hoy en su
sitio web dos propuestas normativas con el objetivo de recibir comentarios del
mercado y el público en general.
Estas disposiciones, que se encuentran en etapa de borrador,
tienen por objeto aumentar la transparencia del mercado de valores.
Éstas establecen la forma y oportunidad en que deberán ser informadas las
transacciones de acciones inscritas en el Registro de Valores y los compromisos
y opciones sobre éstas, realizadas por personas, naturales o jurídicas,
relacionadas a la respectiva sociedad emisora de los valores que se trate.
Asimismo, la entidad busca tener un registro más amplio de las
personas naturales o jurídicas que acceden a información privilegiada.
Uno de los cambios normativos planteados por la SVS, que reemplazará a
las circulares N° 585, N° 574, y N° 109, amplía la forma y oportunidad en que
las sociedades, sus accionistas mayoritarios, ejecutivos y directivos, informan
sobre las operaciones que realizan con las acciones de las sociedades emisoras
a las que están relacionados.
El borrador de norma establece, junto con detallar las
personas naturales y jurídicas obligadas a informar, que esta información
deberá enviarse a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a la
fecha de la operación, en forma electrónica a través a la SVS (a través de SEIL),
reemplazando así el sistema de papel que rige actualmente.
Este cambio permitirá publicar en forma inmediata las
operaciones en el sitio web de la
SVS y también reducirá el margen de error de las sociedades
en el proceso.
La propuesta normativa establece que será responsabilidad
del gerente general o representante legal de la entidad fiscalizada por esta Superintendencia,
poner en conocimiento e informar ampliamente a sus accionistas, directores
(titulares y suplentes), gerentes, ejecutivos principales y liquidadores, según
corresponda, sobre las presentes instrucciones.
La segunda norma en consulta, que reemplazará a la Circular N° 1003, está relacionada
a informaciones que todas las entidades y personas que están bajo supervisión
de la SVS deben
proporcionar a este Organismo, exceptuando los fondos de crédito universitario.
En la actualidad la información que las entidades deberán
remitir es un listado con el nombre y Rut de personas que tienen acceso a
información privilegiada de la sociedad. La propuesta normativa amplía el
alcance del requerimiento a todas las personas que a juicio de la entidad
fiscalizada, en razón de su cargo, posición o actividad tengan acceso a
información privilegiada.
Esta información es requerida por esta Superintendencia para
fines de fiscalización y no tiene el carácter de pública y deberá ser remitida
o actualizada a través de SEIL.
El plazo para la recepción de comentarios para estos
borradores de norma se extenderá hasta el viernes 13 de junio de 2008.