Laboral & Personas

Desde cambios a jornadas especiales hasta apoyo a las PYME: el foco de las indicaciones al proyecto de 40 horas

Las enmiendas contemplan una serie de aspectos, siendo el central la gradualidad con la cual se implementará la reducción de jornada.

Por: Carolina León / Gráfico: María C. Arvelo | Publicado: Martes 23 de agosto de 2022 a las 13:02 hrs.
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El gobierno finalmente presentó hoy martes las indicaciones al proyecto que reduce la jornada laboral a 40 horas semanales, en una actividad en el Palacio de La Moneda.

Las enmiendas contemplan una serie de aspectos, siendo el central la gradualidad con la cual se implementará la reducción de jornada.

Así, habrá una rebaja inicial de 45 a 44 horas, que se materializaría al primer año de publicada la ley en el Diario Oficial.

La segunda, a 42 horas semanales, se efectuará a partir del tercer año y, finalmente, el descenso a 40 horas ocurrirá al quinto año de publicada la respectiva norma.

Trabajadoras de casa particular 

Respecto a aquellas trabajadoras que se desempeñan "puertas afuera", se propone reducir el límite de jornada ordinaria semanal a 40 horas y, a las horas adicionales, se plantea ajustarlas a los parámetros generales establecidos en el artículo 32 del Código del Trabajo, de modo que solo podrán realizar un máximo de dos horas extras por día y siempre que se destinen a atender necesidades o situaciones excepcionales.

De este modo, se establecen condiciones "equitativas" al resto de los trabajadores y trabajadoras del país, explican en el gobierno.

Respecto a la segunda modalidad, “puertas adentro”, el texto comienza señalando que estas trabajadoras no se encuentran sujetas a horario, limitándose la ley a establecer un descanso diario mínimo de 12 horas, 9 de las cuales deben ser ininterrumpidas, lo que significa que tienen una de las más altas jornadas de trabajo del país. 

Atendiendo sus particulares condiciones de trabajo, las indicaciones proponen incorporar un tiempo de descanso adicional a los ya establecidos en la ley, consistente en dos días al mes de permiso de libre disposición, los que podrán usarse de forma conjunta o separada.

"Se opta por esta modalidad de reducción de jornada atendiendo justamente lo manifestado por representantes sindicales del sector en la Mesa Técnica 40 Horas, quienes solicitaron privilegiar los días libres por sobre el aumento de horas de descanso dentro de la jornada diaria, pues esta última opción no significa un descanso efectivo y de calidad, con real separación de las labores",  dicen las indicaciones.

En el caso de los trabajadores que se desempeñen en actividades marítimas, las indicaciones dicen que se reduce la jornada desde 48 a 40 horas cuando estén en tierra o la nave esté fondeada en puerto.

Para los trabajadores de plataformas digitales, se modifica el guarismo de 180 a 160 horas mensuales, incorporado al Código del Trabajo por la Ley de Trabajadores de Plataforma.

Cuidadores

En las indicaciones también se incorporan mecanismos en las jornadas que permitan adaptar las condiciones laborales a las necesidades personales y familiares.

Estos mecanismos, dice el texto, apuntan a beneficiar a las personas cuidadoras, otorgándoles mayor soberanía sobre sus tiempos de trabajo y cuidado, facilitando también a las empresas una mejor organización del tiempo en beneficio de la productividad.

En el detalle, se propone incorporar al Código del Trabajo un artículo que establece el derecho a horario de ingreso y salida diferido para madres y padres trabajadores, y personas que tengan el cuidado personal de niños, niñas o adolescentes de hasta 12 años. En dicha norma se otorga la posibilidad de extender esta medida a otros trabajadores y trabajadoras, pero sin afectar el ejercicio del derecho a personas cuidadoras. 

No es lo único: en materia de jornada extraordinaria, se permite a los padres o madres trabajadoras compensar horas trabajadas en exceso, recargadas en un 50% del tiempo, por hasta cinco días de feriado adicional. 

Finalmente, se crea el “pacto para facilitar la conciliación de vida personal y trabajo”, el que permite acordar con los sindicatos horas de trabajo extraordinario compensables por hasta seis días semestrales de descanso de libre disposición, pudiendo extenderse dicho instrumento a trabajadores y trabajadoras sin afiliación sindical, con acuerdo de la organización sindical.

Beneficios para PYME 

Respecto a las pequeñas y medianas empresas (PYME), las indicaciones plantean que se reconocerá a aquellas compañías de menor tamaño que reduzcan de forma anticipada sus jornadas de trabajo, a través de un reconocimiento por parte de la Subsecretaría del Trabajo, el que se traducirá en puntaje a adicional para la postulación a instrumentos y programas ofrecidos por la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo), el Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec) y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence.

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