Costaría US$ 800 millones al Fisco por año: las alternativas con las que podría modificarse la polémica reintegración del sistema tributario
En el mundo técnico plantean que una opción es ajustar las normas de relación para sacar a miles de Pymes que hoy están en el sistema de integración parcial. También, reestablecer el crédito total pero de forma gradual para evitar un impacto mayor sobre las finanzas públicas.
Por: Sebastian Valdenegro
Publicado: Jueves 9 de abril de 2026 a las 11:55 hrs.
Foto: Julio Castro.
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El diseño de la ley miscelánea de reactivación está en los detalles finos en estos momentos. El Gobierno busca ingresar al Congreso la mega propuesta con más de 40 cambios en distintas áreas, como la regulación ambiental, fuertes reducciones de impuestos y créditos para incentivar la contratación.
Con este telón de fondo, el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, ha encabezado conversaciones con parlamentarios del oficialismo y la oposición para lograr un amplio consenso prelegislativo en una iniciativa donde la centro izquierda ya ha notificado su rechazo a las reducciones de impuestos sin una fuente precisa de compensación.
Este martes, Quiroz mostró nuevas señales de flexibilidad al abrirse a ajustar un punto clave del plan fiscal: la reintegración del sistema tributario.
Hoy, el sistema permite que un socio de una empresa descuente en sus impuestos personales hasta un 65% de lo tributado por su compañía. La propuesta original del Ejecutivo es restituir que se pueda utilizar un 100% de lo pagado como un crédito contra los impuestos finales.
Aquella idea nace de un planteamiento del excandidato presidencial del Partido de la Gente, Franco Parisi, quien puso sobre la mesa la idea de restituir de alguna forma el Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) que existió en el país hasta 2016 y que consideraba las utilidades reinvertidas por las empresas que no han sido retiradas por sus socios y que, en consecuencia, no han pagado impuestos finales.
"Hay varias formas de entender qué es lo que quiere decir la restitución del FUT, pero una forma de entenderlo bien en simple es que está hablando de reintegración, de que está buscando la reintegración. Es algo que hemos visto con detalle, que la reintegración tiene un motivo principalmente de equidad tributaria, pero también tiene efectos fiscales importantes y lo estamos viendo con cuidado y estamos buscando algunas opciones de alternativas", sinceró el ministro en el marco de un seminario de Sofofa y la UDD este martes.
Entre los especialistas del mundo tributario no hay un consenso claro respecto de cómo ajustar la reintegración del sistema impositivo para evitar un impacto relevante sobre la recaudación tributaria -que el Gobierno anterior cuantificó en US$ 800 millones al año, un 0,27% del PIB-, pero sí hay fórmulas sobre la mesa para hacerlo factible.
65% del crédito de primera categoría se puede utilizar en el sistema semi integrado.
La socia de Mizon Abogados, Javiera Céspedes, explica que una manera es "sincerar" cuál es el universo de contribuyentes a quienes se les buscaría aplicar una carga total de 44,45%, que es la que resulta del efecto de la integración parcial al no poder utilizarse como descuento en el impuesto personal (tasa máxima de 40%) el 27% que tributó la sociedad.
"Para evitar impactos fiscales no previstos, sería necesario definir con transparencia a quién se busca gravar con la tasa del 44,45 % e incorporar dicho tramo directamente en el impuesto global complementario, en lugar de complejizar el sistema tributario para alcanzar ese mismo resultado", explica.
El presidente de la Comisión Tributaria del Colegio de Contadores, Juan Alberto Pizarro, explica que una manera es modificar las normas de relación que rigen hoy y que implican que algunas Pymes queden afectas al sistema semi integrado de las grandes empresas al tener relaciones de propiedades en mallas societarias. Se estiman que más de 100 mil pequeñas compañías se encuentran en el régimen de grandes firmas por estas normas.
"La semi integración tributaria actúa como un freno de mano para el crecimiento de las Pymes. Cerca de 100.000 pequeñas empresas, que por nivel de ventas deberían ser consideradas Pymes, quedan atrapadas en el régimen de gran empresa debido a restricciones de giro o normas de relación. Estas empresas son castigadas con un flat tax del 9,45%, un tributo regresivo que se suma al impuesto de Primera Categoría. Además, el salto a la gran empresa representa una barrera crítica, elevando drásticamente la carga fiscal efectiva: se pasa de un sistema 100% integrado (con carga reducida) a uno semi integrado con tasa 27%, lo que ahoga la liquidez y la reinversión de un sector clave que da el 50% del empleo del país", agrega.
Una potencial solución que postula la socia de Tax & Legal de PwC, Loreto Pelegrí, es ampliar el umbral de las empresas que califican bajo el articulo 14 D -régimen integrado para las Pymes que facturan hasta 75 mil UF anuales- para que más empresas puedan quedar integradas con la tributación final de sus dueños.
"Ahora bien, dejar fuera a las grandes compañías las mantendría en una posición de ser menos competitiva respecto de los inversionistas extranjeros residentes en países con convenio para evitar la doble tributación, ya que mientras la carga total de estos es 35%, la de los inversionistas nacionales puede llegar al 44,45%", advierte.
Para que la reintegración sea real y efectiva, el sistema completo debe ser integrado, dejando fuera solo a un número pequeño de grandes empresas, dice el socio de ARH Abogados, Pablo Ramírez, ya que integración promueve dos cosas: "El ahorro y la reinversión en el mismo negocio, y con ello el pago de impuestos finales. Si no se reintegra, sencillamente esos impuestos no se van a pagar".
Se estima que cerca de 100 mil pequeñas empresas están tributando en el sistema semi integrado donde están las más grandes compañías del país.
Mayor gradualidad
Desde una perspectiva técnica, la reintegración del sistema no requiere necesariamente una transición inmediata desde el actual crédito del 65% al 100%, ya que existen diversos mecanismos que permiten mitigar su impacto fiscal, tanto en régimen como en términos de caja, sostiene el socio líder de Cumplimiento Tributario de EY, Juan Antonio Rivera.
"Por ejemplo, avanzar desde 65% a 75%, luego a 85% y finalmente a 100% en un horizonte de cuatro años evita un impacto abrupto en la recaudación. Asimismo, la reintegración podría condicionarse al destino de las utilidades, otorgando un mayor nivel de crédito en la medida que estas sean reinvertidas en actividades productivas. Por ejemplo, utilidades reinvertidas podrían acceder a un 100% de crédito al momento de ser distribuidas en el futuro, mientras que utilidades efectivamente distribuidas y generadas en el mismo ejercicio mantendrían un nivel de integración parcial", ejemplifica.
El socio de Alvarado y Cía., Nicolás Alvarado, espera que se mantenga la opción de reintegrar totalmente el sistema, sin hacer más distinciones y simplificando el sistema tributario: "El efecto de baja en la recaudación debiera ser transitorio, y puede atenuarse con medidas como las ya anunciadas (donaciones y repatriación) y los ajustes presupuestarios".
Mecanismo impracticable
Actualmente, el sistema tributario es muy "asimétrico", expone la senior advisor de Tax & legal de Deloitte, Ximena Niño, ya que las Pymes ya tienen un sistema 100% integrado, los países con los cuales Chile tiene convenio de doble tributación pueden usar el 100% del crédito de Primera Categoría contra el impuesto adicional, lo que en la práctica es un sistema 100% integrado. Entonces, agrega, los que operan con el semi integrado son empresas con inversionistas locales y de países sin convenio de doble tributación, lo que las pone en una condición menos competitiva.
"Sería impracticable reintegrar el sistema solo para algunos. Si el sistema ya es complicado, con eso quedaría mucho peor en cuanto a complejidad. En pos de la necesaria simplificación que ha sido un anhelo por años, y además de hacer más atractivas a las empresas locales, no vemos factible incorporar modificaciones a medias donde algunos queden integrados y otros semi integrados, lo que sería profundizar en la inequidad para algunos contribuyentes", expone Niño.
Una visión similar tiene el socio líder de Consultoría Tributaria y Legal de KPMG Chile, Andrés Martínez, quien hace un llamado a no complejizar más el sistema ni usar el régimen de renta como un "laboratorio de experimentos tributarios".
"Cualquier intento de focalizar la integración con nuevas normas de relación o segmentaciones va en una dirección equivocada. No podemos agregar más complejidad a un sistema que es una maraña normativa. La recaudación se puede resguardar con bases imponibles y tasas coherentes, integración uniforme y eliminando exenciones mal diseñadas, pero no podemos caer de nuevo en crear híbridos mal diseñados o seguir armando regímenes a la carta", dice.
También crítica es la mirada del socio de Garnham Abogados, Arturo Garnham, para quien mantener el statu quo o volver a la integración del sistema tributario es un tema de "justicia tributaria teórica, pero sin gran impacto recaudatorio", por tres razones. "Primero, la gran mayoría de las inversiones extranjeras a estas alturas vienen de países con convenios tributarios vigentes, por lo que no sufren con la desintegración actual. Segundo, la implementación de impuestos sustitutivos permite que las personas de altos patrimonios retiren utilidades sin sufrir por la desintegración actual. Tercero, tanto Bachelet como Boric introdujeron amnistías tributarias, lo que permitió a las personas que tenían activos en el extranjero generar un stock de activos libre de Global Complementario (y, por ende, libre de la desintegración)".
Mientras que el socio de Bustos Tax & Legal, Claudio Bustos, dice que hay que considerar que el actual sistema parcialmente integrado desincentiva "enormemente" los retiros de utilidad o distribución de dividendos a los socios o accionistas, lo cual, al menos en el caso de sociedades cerradas, constituye un "incentivo perverso para que los dueños perciban dichos dineros bajo otros títulos representativos de gasto a nivel de la empresa (sueldos, bonos, honorarios, dietas de director, etc.), evitando así el castigo tributario del uso parcial del crédito por impuesto de Primera Categoría".
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