"El titular puede continuar la ejecución de los aspectos no reprochados de la evaluación, bajo su riesgo, en lo que respecta a las partes u obras del proyecto correspondientes a los Sectores Ductos y Cordillera y a los aspectos no reprochados del Sector Puerto Collahuasi, evitando la desregulación y protegiendo los efectos ambientales y sociales ya regulados".
De esta forma el Segundo Tribunal Ambiental- con sede en Santiago- respondió el recurso de aclaración solicitado por Collahuasi, luego de que la semana pasada la instancia resolviera revocar la resolución de calificación ambiental del proyecto "Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva de Collahuasi", que fue aprobado ambientalmente en diciembre de 2021 y que compromete una inversión superior a los US$ 3.200 millones.
Con esta aclaración, la minera -controlada por Anglo American y Glencore, cada una con un 44% de la propiedad- puede seguir ejecutando la faena minera en las zonas que no fueron cuestionadas por el tribunal.
"La sentencia identifica claramente los tres sectores del proyecto: Cordillera, Ductos y Puerto Collahuasi, señalando que los reproches acogidos se refieren exclusivamente al Sector Puerto Collahuasi, y en particular a los impactos sobre el medio humano y medio marino de la planta desaladora", se lee en el documento con fecha 20 de mayo.
En el recurso de aclaración - presentado por el abogado José Moreno Correa, del estudio Moreno, Sáez & Avilés- indicaba que si bien la sentencia del tribunal "es claro en indicar que se deja sin efecto la RCA ´manteniendo vigente aquellos aspectos de la evaluación que fueron validados en la presente sentencia, así como aquellos que no fueron controvertidos en autos´, el tribunal no aclara como lo suele hacer en sus decisiones u omite, si en aquellos sectores que no fueron parte del proceso judicial, el Proyecto puede seguir adelante con su ejecución y operación o bien, suspende la ejecución de la RCA en dichos sectores".
Tras la aclaración del tribunal, Collahuasi manifestó "su completa disposición al Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, para avanzar con la mayor celeridad posible en el cumplimiento de lo resuelto, con el objetivo de obtener nuevamente la autorización íntegra del proyecto y avanzar definitivamente hacia una operación abastecida con agua desalada".
"Collahuasi reafirma que la evaluación ambiental del proyecto C20+ se ajustó a la normativa vigente y a la institucionalidad ambiental" y destacó que la empresa "mantiene un vínculo activo y permanente con agrupaciones costeras del sur de Iquique, en línea con su compromiso con el desarrollo de la Región de Tarapacá".
De acuerdo a la página web de la empresa, el proyecto contribuirá a la continuidad operacional por las siguientes dos décadas, disminuyendo el uso de agua continental con la construcción de una desaladora que entregará 1.050 l/s desde el puerto de la compañía, ubicado en el sector de Patache, hasta su operación ubicada a 4.600 metros sobre el nivel del mar en la Región de Tarapacá.
El camino medioambiental
La iniciativa objeto de esta sentencia fue aprobada ambientalmente en diciembre de 2021, busca extender la operación de la faena minera en 20 años y suscitó reclamaciones de comunidades indígenas excluidas en la participación ciudadana. Tal aspecto fue zanjado por el Comité de Ministros en 2023, entonces presidido por la titular de Medio Ambiente, Maisa Rojas. Estas entidades recurrieron al Tribunal Ambiental, que les dio la razón parcialmente el pasado 14 de mayo.
Cabe señalar que cuando recibió la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental el pasado 14 de mayo, la gigante minera dio cumplimiento a dicho fallo con la detención inmediata de la construcción y operación de la planta desaladora, que se encontraba en etapa de pruebas de sistemas y equipos, antes de su puesta en marcha, sólo manteniéndose las acciones mínimas de mantención y seguridad.
Este caso se tomó la agenda justo cuando se discute la judicialización de los proyectos de inversión, que el gobierno intenta atajar mediante cambios en la ley miscelánea que hoy se tramita en el Congreso, en concreto, estableciendo restitución de gastos cuando un permiso ambiental se anule en instancias judiciales.