Industria

Gobierno ingresa indicaciones a ley corta de isapres: reemplaza alza de los planes por mecanismo de una prima extraordinaria con limitaciones

La prima en cuestión no podrá significar un alza "mayor al 10% respecto de la cotización para salud descontada de las remuneraciones". Por ahora no se consideran nuevas fórmulas para calcular la deuda del sistema.

Por: Martín Baeza | Publicado: Jueves 28 de marzo de 2024 a las 10:40 hrs.
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Pasadas las 21 hrs. de este miércoles y de cara a la discusión en particular que comenzará la próxima semana en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, el Gobierno finalmente ingresó indicaciones al proyecto de ley corta de isapres, en las que, tal como se esperaba, puso límites al alza de precios que deberán hacer las aseguradoras para alcanzar el equilibrio financiero, pero con un nuevo mecanismo que hasta ahora no estaba considerado en la ecuación.

Cabe recordar que el objetivo central de la ley corta es justamente aplicar el fallo por tabla de factores y generar las condiciones para que la industria pueda resistirlo. En la práctica, esto se traduce en instruir las devoluciones masivas a afiliados y, a raíz de ello, dar espacio a algún mecanismo para que las isapres puedan aumentar sus ingresos.

Dicho mecanismo, durante toda la tramitación de la ley corta, consistía en un alza de precios base de los planes que debía ser justificada ante la Superintendencia de Salud. No obstante, en sus últimas indicaciones, el Gobierno reemplazó esto por "una prima extraordinaria correspondiente al monto necesario para cubrir el costo de las prestaciones, licencias médicas y otros beneficios de sus personas afiliadas y beneficiarias".

Las condiciones para esa prima son que no podrá considerar el déficit que pudiese haber presentado una isapre antes del 30 de noviembre de 2022 -fecha en que se dictó el fallo- y que tampoco podrá implicar un alza "mayor al 10% respecto de la cotización para salud descontada de las remuneraciones, pensiones y rentas afectas a aquellas, correspondientes al mes de julio de 2023, o a la cotización descontada al momento del alza si el contrato fuese posterior a dicha fecha".

Por otro lado, el Ejecutivo también agregó un artículo que dice que las isapres deberán justificar ante la Superintendencia los cobros que realizarán por las Garantías Explícitas de Salud (GES), teniendo que ser verificados por la autoridad.

Además, agregó una serie de indicaciones relacionadas al otro brazo de la ley corta, que es el fortalecimiento de Fonasa a través de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC), por ejemplo, regulando el pago de primas por los seguros que crea esta nueva norma y fijando contornos de posibles planes familiares que se ofrecerían.

Un eventual recálculo de la deuda del sistema, por ahora se mantiene ausente. Algunas fuentes del Congreso aseguran que es un debate que sigue abierto y que el Gobierno estaría abierto a negociar en una casi segura Comisión Mixta que sería presidida por el senador Javier Macaya (UDI).

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