Editorial

Empleo público: superado por los hechos

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l Estado de Chile no es un buen empleador desde el punto de vista jurídico. Es cierto que los empleados públicos en general tienen mejores condiciones salariales que los del sector privado, y que además gozan en la práctica de mayor estabilidad laboral, pero muchos enfrentan una situación poco definida respecto de la normativa que los rige.

A pesar de que no tienen derecho a negociación colectiva y huelga, en la práctica su poder de presión ha logrado en las últimas dos décadas aumentos de remuneraciones superiores a los privados. Sin embargo, en materia de condiciones contractuales, la excesiva rigidez de la planta funcionaria, regida por el Estatuto Administrativo, ha llevado a que gran parte de las contrataciones en las últimas décadas se haya realizado por la vía de la contrata, y también por contratos a honorarios, con menor protección jurídica respecto a los trabajadores del sector privado, regidos por el Código del Trabajo.

Esta mayor precariedad ha generado en época reciente un cambio en los criterios con los que el Poder Judicial enfrenta las demandas laborales de los funcionarios públicos, que hasta hace algunos años se entendía que debían ser canalizadas por la Contraloría General de la República, pero que crecientemente son llevadas por tribunales laborales.

Un reciente estudio del Observatorio Judicial consignado por DF analiza esta compleja situación, que no sólo ha generado una importante presión sobre los fondos fiscales, sino que también se traduce en una incerteza mayor aún respecto a la normativa que rige el empleo público. Es evidente que el Estatuto Administrativo se encuentra totalmente superado por la realidad. Al mismo tiempo, importantes centros de estudios, representantes de diversas posiciones políticos, han logrado consensuar una sólida propuesta de reforma al empleo público.

Aprovechando estos consensos técnicos, el Ejecutivo y el Legislativo deberían avanzar en una materia largamente pospuesta, lo que no sólo podría generar mayor certeza jurídica al empleo público, sino también contribuir a la agenda de productividad.

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