Columnistas

Para una deliberación constitucional democrática

Claudia Heiss Instituto de Asuntos Público U. de Chile / COES

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A fines de abril la ciudadanía podrá expresar en un plebiscito si considera necesario o no elaborar una nueva Constitución. Se consultará también si, en caso de ganar la opción “Apruebo”, el órgano constituyente debiese ser una convención mixta, integrada en parte por parlamentarias y parlamentarios en ejercicio, o una completamente electa.

De triunfar la opción por la nueva Constitución, como parece probable, el país podría enfrentar por primera vez una deliberación constituyente verdaderamente democrática. Deliberar implica evaluar los pros y los contras, a través de una argumentación razonada, para tomar una decisión. Pero como ha señalado Jon Elster, la historia muestra que no toda deliberación constitucional es necesariamente democrática. Para serlo, es condición que las y los ciudadanos tengan el control sobre los dirigentes y las políticas que se decidan.

Una deliberación constitucional democrática requiere, entonces, abrir mecanismos de participación a todos quienes se verán afectados por la decisión. La participación puede tomar una forma acotada, como el voto, o más densa, como la expresión de argumentos y preferencias que contribuyan al proceso deliberativo.

Una primera forma de control ciudadano serán los plebiscitos de entrada y salida. Los plebiscitos, sin embargo, son formas precarias de expresión de preferencias, porque dejan a las autoridades la formulación de la pregunta y sólo permiten a la ciudadanía responder “sí” o “no”. Este problema es más grave para el plebiscito de ratificación que para el que podría en abril iniciar el proceso. Mientras éste abre una discusión política, el de ratificación podría cerrarla, sin la opción de debatir detalles sobre qué aspectos de la nueva Constitución concitan adhesión mayoritaria y cuáles no.

Por eso es tan importante que la deliberación constitucional sea abierta e inclusiva en dos sentidos. Primero, a través de mecanismos electorales que permitan elegir una Convención capaz de representar la diversidad de nuestro demos: una pluralidad que no es sólo ideológica, sino también descriptiva, y donde existe una deuda histórica con las mujeres y los pueblos indígenas. Segundo, es fundamental que la Convención contemple mecanismos que permitan incidir en la deliberación constituyente a las miles de personas que hoy se reúnen por todo el país en cabildos auto convocados.

Sólo con deliberación constitucional abierta y participativa podrá la nueva Constitución superar la brecha entre representantes y representados y cumplir su función de legitimar, a futuro, las decisiones políticas.

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