Fernando Barros

2015: El desafío de la repatriación

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Por: Fernando Barros | Publicado: Viernes 2 de enero de 2015 a las 05:00 hrs.
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El año que comienza trae diversos desafíos en los ámbitos económico y político asociados a los efectos de iniciativas legislativas como la reforma laboral, las nuevas normas en materia del derecho de propiedad y uso de los recursos hídricos, el financiamiento de la política, etc. Asimismo, generan inquietud las incertidumbres asociadas a las reformas ya aprobadas en el turbulento 2014, como ocurre con la reforma tributaria y sus efectos en el empleo y crecimiento.

Ha sido precisamente en esta última en que se transformó en ley la posibilidad de regularizar los bienes elegibles que contribuyentes domiciliados en Chile poseen en el exterior, directamente o a través de sociedades, mandatarios o estructuras tales como trusts, fundaciones o encargos fiduciarios, y las rentas que no fueron incluidas en los sistemas locales de tributación.

El artículo 24 transitorio de la ley 20.780 contempla un programa o procedimiento simple, de carácter voluntario, basado en la presunción de la buena fe del declarante, que le permite regularizar o normalizar la propiedad y cumplimiento impositivo de los activos y rentas que se declaren, mediante el pago de un impuesto único y sustitutivo de cualquier tributo que haya debido aplicarse en Chile, de un 8% del valor de los bienes y rentas avaluados de acuerdo a normas muy similares a las que se aplican en la determinación del impuesto de herencia.

La aprobación de leyes de excepción es reconocida en la experiencia comparada y hoy existen directrices de la OECD y entidades internacionales que aseguran el estándar adecuado para evitar la utilización de las franquicias como medio para el lavado de activos y otras figuras delictivas, todas las cuales se han cumplido en nuestra normativa.

Para entender la razonabilidad de estas normas es necesario recordar la situación de Latino América y de nuestro país entre los años 60 y 80, época de cuestionamiento de la propiedad privada y de dolorosas turbulencias políticas y económicas que marcaron trasversalmente a nuestra sociedad y llevaron a muchos compatriotas a emigrar o a mantener activos y ahorros en el exterior.

La evolución de la economía global, la conciencia de la relevancia del cumplimiento de las obligaciones tributarias y la mayor coordinación de los gobiernos en orden a combatir la evasión, han transformado en un hecho el intercambio de información entre autoridades impositivas y, también, han llevado a los principales bancos a buscar excluir de su clientela a aquéllos cuyos capitales no están en regla en sus países de residencia.

Si bien no se cuenta con cifras oficiales, se estima en el orden de US$50.000 millones los recursos de chilenos en el exterior, de los que un 40% estaría reinvertido en Chile a través de estructuras internacionales. De igual forma y a partir de esas cifras, el éxito de este programa podría generar ingresos fiscales extraordinarios por US$2.000 millones en el año 2015 y un mayor ingreso futuro de US$250 millones anuales por concepto de mayor recaudación de impuesto a la renta.

El Servicio de Impuestos Internos está dando a conocer la Circular pertinente, la que debe crear las condiciones para un proceso expedito y que asegure el estricto respeto a la confidencialidad de la información que proporcionen los declarantes. Ello, junto a las instrucciones que vía Resolución dicte el SII y que establezcan procedimientos basados en la realidad de las transacciones y su documentación de respaldo en los mercados internacionales, ajenos al formalismo documental y de fácil entendimiento, son claves para generar la confianza necesaria para que el programa tenga éxito.

En un mundo en que no hay espacio para capitales o rentas no declaradas, bancos que empujan a los clientes a regularizar o irse y una normativa moderna ante la cual todos aquellos que son ajenos al crimen organizado y al terrorismo pueden sentirse tranquilos, pareciera ser el momento para registrar los activos y regularizar su situación.

Sólo cabe esperar que la conveniencia de acogerse a esta normativa no sea anulada por la creciente preocupación por el rumbo que ha tomado el debate político en Chile y que este inquietante ambiente inhiba a los potenciales declarantes y los lleve a concluir que les resulta más seguro mantener los ahorros en el exterior.

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