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DF Tax | Los olvidados

Claudio Bustos, socio de Bustos Tax & Legal

Por: Claudio Bustos | Publicado: Viernes 2 de octubre de 2020 a las 04:00 hrs.
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Claudio Bustos

Con la finalidad de mitigar los efectos económicos provocados por la pandemia, el Gobierno ha implementado una serie de medidas de alivio en el ámbito tributario. Sin embargo, hasta el momento, todas esas medidas han estado dirigidas a las empresas y, especialmente, a las Pymes.

Es razonable que el esfuerzo fiscal vaya dirigido a beneficiar a los generadores de empleo que se han visto afectados por la crisis sanitaria, en particular las pequeñas y medianas empresas, lo cual está muy bien. No obstante, ha faltado creatividad y esfuerzo por parte de Hacienda para introducir también elementos de alivio de la carga impositiva para las personas naturales en estos tiempos de pandemia.

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Probablemente, lo primero que se viene a la mente cuando se piensa en beneficios tributarios para las personas es una intervención en el IVA, ya que es el tributo directamente vinculado al consumo por parte de los ciudadanos comunes y corrientes, y es también el impuesto más regresivo, pues afecta proporcionalmente más a quienes menos tienen. Quizá a eso se debe el silencio de propuestas por parte del Ejecutivo en esta materia, ya que le tienen pavor a los efectos que puede causar en la economía la intervención del tributo que constituye la mayor fuente de recaudación para las arcas fiscales.

Con todo, una reducción selectiva y transitoria del IVA quizá no sea tan perjudicial y puede, en cambio, ser de gran beneficio para la comunidad, como, por ejemplo, rebajar la tasa respecto de bienes de consumo de primera necesidad, o respecto de insumos sanitarios y relacionados con la salud. También podría pensarse en aplicar la rebaja sólo a un rango etario, que comprendiera a los adultos mayores y jubilados, quienes siempre tienen mayor dificultad para generar ingresos, más aún en tiempos de enfermedad.

Saliendo del ámbito del IVA, en materia de impuesto territorial también podría implementarse algo similar, estableciendo una exención de contribuciones para los inmuebles hasta un cierto valor durante, al menos, el año 2020. En cambio, sólo se han otorgado postergaciones y exenciones muy acotadas. De hecho, ni siquiera se ha suspendido o postergado la entrada en vigencia de la sobretasa de contribuciones que surgió en el contexto de la Ley de Modernización Tributaria.

En el ámbito del impuesto a la renta, sería de gran beneficio, al menos por este año y quizá por el próximo, aumentar los límites de la franquicia que permite a las personas deducir los gastos incurridos en educación, y establecer también la posibilidad de deducir, a nivel de Global Complementario, los gastos de salud y sanitarios incurridos en el contexto de la pandemia.

Asimismo, una medida que indirectamente sería de gran beneficio para las personas naturales es el otorgamiento de incentivos tributarios claros a las empresas por la contratación de nuevos empleados en la contingencia actual.

Creo que todavía hay tiempo para pensar en salvaguardas tributarias que trasciendan a las empresas, y que permitan llegar con un alivio económico también a los ciudadanos comunes y corrientes que pagan sus impuestos. Apelemos a la creatividad y buena voluntad del legislador.

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