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Camila Cortés Asociada de Garnham Abogados

Por: Camila Cortés | Publicado: Jueves 17 de octubre de 2019 a las 04:00 hrs.
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Camila Cortés

El ex animador Antonio Vodanovic interpuso recientemente una demanda de término de contrato de arriendo por el no pago de rentas y gastos comunes. Las partes llegaron a acuerdo, estableciendo que la demandada se obligaba a restituir el inmueble en un plazo de 30 días, a cambio de la condonación de sus deudas provenientes de las rentas y gastos comunes impagos.

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A raíz del acuerdo, el Sr. Vodanovic efectuó un comentario en Twitter en contra de su ex arrendataria, el cual fue objeto de una acción de protección, dejando en evidencia que el actual sistema de arrendamiento no tutela de forma eficaz los derechos de las partes.

En concreto, debido a que en promedio este tipo de conflictos demoran más de ocho meses en su resolución, muchas veces el propietario se ve presionado a aceptar acuerdos en desmedro de sus pretensiones, con la finalidad de conseguir con mayor celeridad la restitución del inmueble.

Para poner término a los abusos en este tipo de contratos, el gobierno presentó un proyecto que tiene por objeto modificar la actual ley de arrendamientos de predios urbanos, que se suma a otras iniciativas en este mismo ámbito. Entre sus principales medidas destaca la agilización de los procesos de solución de este tipo de controversias, el establecimiento de garantías frente al deterioro de los inmuebles y la posibilidad de comparecer en forma personal en primera instancia, cuando la renta no sea superior a ocho unidades tributarias mensuales.

Sin embargo, pese a que las modificaciones legales señaladas apuntan en la dirección correcta, con la finalidad de buscar más rapidez en el procedimiento se transgreden garantías procesales. Una de ellas es el derecho a defensa y bilateralidad de la audiencia, pues al modificar la forma de notificación de la demanda, no da fe de que el demandado efectivamente haya tomado conocimiento de la acción interpuesta, lo que podría acarrear su indefensión al impedirle el ejercicio de sus derechos.

La circunstancia de que las partes no requieran la defensa de un abogado podría facilitar la presentación de una demanda, pero a la vez sería perjudicial, por carecer de los conocimientos técnicos para la adecuada defensa en juicio. Por otro lado, sorprende que se limite el derecho del demandado de recurrir respecto de la resolución que ordena la restitución anticipada del inmueble, lo que generará su indefensión.

Si bien es necesario que exista una modificación a la actual ley de arrendamiento, es relevante sostener un arduo debate jurídico sobre los mecánicos para buscar la agilización del procedimiento, ya que su implementación podría acarrear varios problemas prácticos y vulnerar la garantía del debido proceso.

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