Pensiones

Regulador entrega instrucciones a la AFC para la entrega de nuevos beneficios del Seguro de Cesantía

La AFC deberá publicar las fechas de pago en su página web y comunicarlo en los distintos canales de difusión que disponga para informar.

Por: Constanza Ramos Taky | Publicado: Lunes 13 de abril de 2020 a las 12:14 hrs.
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A través de dos oficios enviados el pasado miércoles 8 de abril, la Superintendencia de Pensiones (SP) instruyó a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) las medidas y procedimientos para la tramitación y entrega de los beneficios extraordinarios del Seguro de Cesantía que establece la Ley N° 21.227 de Protección del Empleo, cuyo objetivo principal es el de apoyar a los trabajadores que resulten afectados por la paralización o reducción de actividades en las empresas debido a la contingencia sanitaria en el país.

Por lo mismo, y atendiendo a la necesidad de asegurar la entrega oportuna de las prestaciones del Seguro de Cesantía, dadas las dificultades económicas que pueden enfrentar los trabajadores afectados y sus familias, el organismo estableció los siguientes plazos para realizar el pago de los beneficios del seguro de cesantía excepcional:

a) A todos los trabajadores cuyas relaciones laborales se hayan suspendido en marzo de 2020, su primer pago correspondiente a 30 días se materializará el 30 de abril de 2020. Los pagos sucesivos se efectuarán dentro de los cinco días hábiles siguientes al cumplimiento de la mensualidad correspondiente.

b) En el caso de trabajadores cuyas relaciones laborales se suspendieron a contar de abril de 2020, cada pago se efectuará dentro de los cinco días hábiles siguientes al cumplimiento de la mensualidad correspondiente.

La AFC, además, deberá publicar las fechas de pago en su página web, www.afc.cl, y en los distintos canales de difusión que disponga para informar a la ciudadanía. Lo mismo se aplicará a la suspensión y extinción de las prestaciones.

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