Minería

Prokurica por clausura de Pascua Lama: “Estamos frente a una institucionalidad robusta que sanciona a quienes no cumplen la legislación”

El ministro de Minería comentó la decisión del Primer Tribunal Ambiental sobre la iniciativa ligada a Barrick donde, además, se mantuvo una multa por más de $ 7 mil millones.

Por: Karen Peña | Publicado: Jueves 17 de septiembre de 2020 a las 13:50 hrs.
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El ministro de Minería, Baldo Porkurica, se refirió este jueves a la resolución del Primer Tribunal de Antofagasta sobre la clausura total y definitiva del proyecto Pascua Lama, ligado a la canadiense Barrick Gold, manteniendo la multa de más de $ 7 mil millones impuesta por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA).

Esto, en el marco de las reclamaciones realizadas por la empresa minera para revertir la clausura y multa; y la otra, por Agrícola Dos Hermanos, cuyo fin era la imposición de mayores sanciones a la firma.

"Aquí queda demostrado que estamos frente a una institucionalidad robusta que actúa, y que sanciona a quienes no cumplen con la legislación vigente", afirmó el secretario de Estado.

En esa línea, la autoridad, reiteró que con el fallo "queda demostrado que cuando hay proyectos que tienen inconsistencia o que han dañado el medio ambiente, los tribunales y la institucionalidad funcionan y no permiten que sigan adelante". "Hay que tener confianza en la institucionalidad chilena", enfatizó.

Además, Prokurica sostuvo que "como gobierno del Presidente Sebastián Piñera hemos insistido permanentemente con las empresas que la minería es posible hacerla, pero respetando el medio ambiente y la institucionalidad. Las empresas que no cumplan con la institucionalidad no van a poder sacar adelante sus proyectos".

El fallo conocido esta mañana reafirma que Pascua Lama no cumplió a cabalidad con su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), lo que llevó a la entidad fiscalizadora a aplicar a la minera diversas sanciones por infracciones calificadas como graves y gravísimas.

En total, fueron cinco los cargos de clausura levantados por la SMA en 2018. De ellos, la sentencia acoge tres, los que dicen relación con incumplimientos ambientales respecto al monitoreo de los glaciares y glaciaretes; al monitoreo y descarga de aguas de contacto al río Estrecho; y la utilización de una metodología de cálculo de niveles de alerta de calidad de aguas no autorizada, que utiliza niveles más permisivos que los contemplados en la calificación ambiental.

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