Industria

Reforma a la ley: se sancionará a deudores que actúen de mala fe

Por: | Publicado: Martes 29 de septiembre de 2020 a las 04:00 hrs.
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Sánchez explicó en el Congreso los alcances del proyecto de ley.
Sánchez explicó en el Congreso los alcances del proyecto de ley.

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En el marco del inicio de la discusión de la reforma legal impulsada por el gobierno para mejorar la ley de insolvencia y reemprendimiento, el superintendente del área, Hugo Sánchez, explicó este lunes en el Congreso los alcances de la iniciativa, especialmente una sanción de mala fe que se creará.

La figura busca fortalecer el deber de cooperación del deudor, aplicando una catalogación de “mala fe” si una empresa oculta información o destruye bienes y antecedentes, ante lo que cualquier acreedor, el liquidador o la Superintendencia pueden solicitar este recurso.

“Esto se va a tramitar de manera incidental, va a ser bastante rápido en una audiencia se va a determinar un juez en una sentencia días después de manera muy rápida si efectivamente se acoge la declaración de mala fe”, detalló.

Sostuvo que el juez puede establecer como sanción que no se produzca la extinción del saldo insoluto de forma total o parcial. Esto significa que cuando uno liquida los bienes y quedan deudas pendientes estas se extinguen, en caso de actuar de mala fe, este beneficio no se hará efectivo. Se determinará la sanción en atención a la gravedad y perjuicio ocasionado.

Otro punto que se busca modificar en la ley es que, en el caso de las liquidaciones forzosas, se elimina la obligación de publicar la demanda en el Boletín Comercial porque el deudor “puede demostrar que no está insolvente, puede acogerse a reorganización, puede también pagar la deuda y salir del procedimiento. Por lo tanto, al estar en este boletín, le puede generar problemas con sus demás acreedores que hoy día no están dentro del procedimiento”.

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