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Latam se anota un triunfo en Chile y justicia desecha nombrar un veedor

No obstante, juez advirtió que -si se presentan nuevos antecedentes- podría revocar o modificar el reconocimiento del procedimiento de reorganización en Estados Unidos.

Por: J. Troncoso Ostornol | Publicado: Martes 7 de julio de 2020 a las 11:33 hrs.
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Foto: Bloomberg
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"Las medidas cautelares solicitadas por el Consejo de Defensa del Estado habrán de ser desestimadas", dice una resolución dictada ayer por Gustavo Cerón Seguel, magistrado interino del Segundo Juzgado Civil de Santiago, que ya reconoció el procedimiento de reorganización de la deuda de la aerolínea bajo la protección del Capítulo 11 de la Ley de Quiebras de Estados Unidos.

Luego de acogerse a este procedimiento en el extranjero, los abogados de Latam acudieron a la justicia chilena para que este juicio sea reconocido y así protegerse ante cualquier eventual demanda en el país por algún incumplimiento de sus obligaciones, solicitud que ya fue acogida por el juzgado.

Fue en este proceso que el Consejo de Defensa del Estado había solicitado a la justicia chilena que se nombrara un veedor para que resguarde los intereses de todos aquellos a los que la aerolínea les debe dinero, incluido el Fisco, y que se suspenda todo pago, abono o descuento de cualquier clase, que implique alguna forma de transferencia de fondos o recursos o activos a los accionistas, a sus empresas o personas controladoras y a las empresas y sus filiales. Todo esto fue desestimado.

Según había dicho el CDE, no existen garantías de que la empresa cancele sus obligaciones a los prestamistas chilenos. Por esto, el consejo también pidió una serie de antecedentes que la aerolínea ha presentado en Estados Unidos.

No obstante, durante el proceso, los abogados de la aerolínea señalaron que la posición del CDE "desconoce" que el objetivo específico de que la justicia chilena reconozca la reorganización en EEUU no es el inicio de procedimientos paralelos en distintos países sobre el mismo deudor. Además, rechazaron la postura del consejo en cuanto a que los derechos de los acreedores se encontrarían desprotegidos a partir del reconocimiento en Chile del proceso de reorganización que se lleva adelante en EEUU.

En cuanto a la designación de un veedor para supervisar la administración del negocio, los abogados de Latam señalaron que la empresa actualmente está sujeta a una "estricta fiscalización" de la administración de su negocio y bienes.

Con todo, el juez Gustavo Cerón desestimó las medidas cautelares solicitadas por el CDE ("son improcedentes", dijo) y solo acogió parcialmente lo pedido por el consejo en cuanto se ordenó a Latam Airlines a presentar todos los antecedentes que den cuenta o sean representativos del centro de los principales intereses de la compañía.

En su fallo, el juez dijo que tiene la "convicción" que el grupo Latam desarrolla parte relevante de su negocio en Estados Unidos, al transar sus acciones en la bolsa de valores de Nueva York y emitir bonos en el mercado internacional para obtener financiamiento conforme a las leyes de valores de ese país.

No obstante, aclaró: "En la eventualidad de demostrarse la ausencia total o parcial de los motivos por los que se otorgó el reconocimiento del procedimiento de reorganización extranjero, o que estos han dejado de existir, tal pronunciamiento puede ser modificado o revocado".

El magistrado dijo que -siendo "esencialmente temporal y sujeta a revisión la resolución que reconoce un procedimiento de reorganización extranjero", sostuvo- acogió la petición respecto a que Latam debe presentar los antecedentes relativos al lugar en que dicha compañía mantiene el centro de sus principales intereses, en un plazo de quince días hábiles.

La defensa de Latam ha rechazado los cuestionamientos del CDE en cuanto a que no hay pruebas suficientes de que EEUU es el centro de sus principales intereses.

Según ha dicho la firma, las pruebas aportadas, la Memoria y los Estados Financieros son suficientes antecedentes. "Cuesta entender que el CDE cuestione la fuerza de estos documentos respecto a una sociedad anónima abierta fiscalizada por la CMF, las normas imperativas que la rigen y las sanciones gravísimas que contempla la ley por la entrega de información falsa", han dicho los abogados.

Junto a esto, han afirmado: "No resulta compatible con la naturaleza del reconocimiento ni la buena fe, dudar de que los hechos informados por Latam en su memoria y estados financieros son verídicos y que serían falsos; más aún cuando son públicos y notorios. ¿Qué sentido tiene probar que Latam transa sus acciones en la bolsa de Nueva York desde 1997 o que es ese el lugar donde ha emitido bonos por US$ 1.500 millones?".

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