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Industria de los conciertos arremete contra moción que aumenta requisitos para eximirse del pago del IVA

Asociación gremial de productoras está en alerta a medida que avanza en el Congreso la denominada “Ley del Telonero”. Advierten impacto a través del traspaso a precios a consumidores.

Por: Sebastián Valdenegro Toro. | Publicado: Miércoles 12 de junio de 2019 a las 13:01 hrs.
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En alerta se encuentra por estos días la industria de los conciertos y eventos masivos en el país. No por la proximidad de alguna mega producción que requiera esfuerzos titánicos en logística y producción, como es organizar un festival como Lollapalooza, sino por el avance de un proyecto en el Congreso que la afecta directamente.

Se trata del boletín 6110-24, moción parlamentaria que se tramita hoy en el Senado y que se conoce como la "Ley del Telonero". Esta implica, entre otras modificaciones, que todo espectáculo considerado como masivo -en el que participan como asistentes más de 3 mil personas- deberá considerar de manera obligatoria la presencia de un artista o intérprete nacional como telonero.

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¿Qué implica esto en términos económicos? Bastante. Desde la Asociación Gremial de Empresas Productoras de Entretenimiento y Cultura (Agepec) advierten que la moción -que se encuentra en período de indicaciones en la comisión de Educación Cultura del Senado- modifica las reglas del juego para los eventos por dos razones, las que tienen la misma consecuencia: aumenta los requisitos para eximirse del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La ley del IVA contempla que una serie de bienes y servicios están exentos del tributo, como algunos actos culturales y la industria musical. Eso sí, sujeto a algunas condiciones.

La iniciativa, que lleva más de diez años de análisis en el Congreso y se encuentra en su segundo trámite constitucional, considera que para optar a dicho beneficio será obligatorio que los artistas extranjeros tengan a un intérprete nacional como telonero o preámbulo a su presentación, por una parte, y adicionalmente deberán contar con el patrocinio de la embajada o el consulado de la nacionalidad del artista o acreditar que su performance es parte de un programa de intercambio o extensión cultural de dicho Estado.

El abogado y socio de VLA Abogados, Christian Aste, considera que la norma y las indicaciones propuestas por los parlamentarios ameritan "corregirse", ya que adicionalmente a los requisitos de un telonero nacional y el auspicio de la embajada o consulado para optar a la exención tributaria, una indicación del PPD Jaime Quintana establece que quienes no cumplan dichas disposiciones deberán reintegrar el monto del IVA en beneficio del Fondo de Fomento de la Música Chilena.

"Es decir, podría interpretarse que este incumplimiento se produce por el solo hecho de no tener telonero chileno, en circunstancias que la misma ley –a través de indicaciones de la senadora DC Yasna Provoste- reconoce que la presencia del telonero facilita la exención al productor, ya que al tenerlo no se necesitaría el auspicio de la Subsecretaría de Cultura o de la embajada respectiva", señala.

El experto plantea que la indicación debería contemplar que el beneficio de exención del IVA debiera aplicarse solo bajo la condición del telonero nacional, sin necesidad de contar con patrocinio gubernamental, o de la embajada o consulado.

Las cifras de la industria

El gerente general de Agepec, Jorge Ramírez, comenta que el sector de los eventos masivos de entretenimiento y conciertos emplea anualmente, de forma directa e indirecta, a más de 41 mil personas y moviliza cada año a 1,8 millones que asisten a conciertos. Industria que señala está en "jaque" por las indicaciones que se presentaron el 20 de mayo. El gremio engloba más del 80% del mercado de producción de entretenimiento y cultura.

En los ajustes de los parlamentarios, se propone, por ejemplo, que se defina como "evento masivo" al que asisten más de 3 mil personas. La senadora UDI Ena von Baer propuso ampliarlo a 6 mil individuos. También, parte de los ajustes buscarían -dice- limitar la preventa, poniendo un techo del 50% de las localidades disponibles.

Ramírez propone que el proyecto debería considerar un telonero nacional en eventos con más de 700 espectadores: "Esto habla de una postura propositiva del sector para hacer extensiva la idea de fomentar, siempre donde sea posible, el talento local", asegura.

También, plantea que las indicaciones deberían contemplar el requisito del telonero nacional para eximirse del pago del IVA, pero desestimar la obligación de auspicio de la embajada o consulado, ni acreditar que su presentación es parte de un programa de intercambio o extensión cultural.

"Como está expuesta la condición del telonero en el proyecto de ley, la obtención de la exención tributaria queda a discreción de un tercero, el artista. Y de no ser obtenida, afectará directamente al consumidor, pues se llevará a precio", advierte el ejecutivo.

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