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¿Cómo la reforma tributaria limitará el uso del market maker?

Por: | Publicado: Jueves 18 de julio de 2019 a las 04:00 hrs.
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El market maker, que en la práctica es un contrato entre un corredor de bolsa y un operador para aumentar el nivel de transacciones diarias de un instrumento bursátil, en algunos casos da derecho a optar al beneficio tributario del artículo 107 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR).

Este implica que la ganancia de capital en la compra y venta de acciones -por ejemplo, cuando se vende un valor a un precio mayor al de adquisición, generando una utilidad- estará exenta de impuesto cuando dicho instrumento tenga "presencia bursátil". O sea, un nivel mínimo de transacciones en el mercado bursátil.

La Comisión para el Mercado Financiero (antes conocida como SVS) estableció en 2012 que la presencia bursátil se cumplirá cuando las transacciones diarias en bolsa alcancen 1.000 UF o más por al menos 45 de 180 días hábiles bursátiles, o en caso de que el emisor haya suscrito un contrato de market maker.

Para evitar abuso de la norma y que los operadores suscriban el contrato solo para eximirse del pago de impuestos a días de realizar las operaciones en la bolsa, Hacienda estableció en la reforma tributaria que para acogerse al artículo 107 el contrato deberá tener una vigencia de un año.

Con estos cambios, el Ejecutivo espera que se recauden US$ 49 millones por año una vez que la reforma tributaria se encuentre en régimen.

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