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AZ: “Indicaciones le añaden complejidad a la aplicación de la Norma Antielusión”

Camilo Béjar no cree que la nueva comisión para aplicar la cláusula antielusiva analice muchos casos, dada su duración de apenas dos años.

Por: | Publicado: Jueves 16 de mayo de 2019 a las 04:00 hrs.
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Camilo Béjar lamenta la forma en que se ha llevado a cabo el debate de la reforma tributaria en el Congreso. El director del grupo tributario de Albagli Zaliasnik (AZ) cree que es “poco favorable” para la discusión que exista una “polarización absoluta” de los temas y rechazar la posibilidad de legislar de plano.

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“Una opción que podría destrabar el debate es la posibilidad de discutir leyes cortas que cubran temáticas en las que al parecer existiría acuerdo para avanzar (como simplificar la vida de las PYME, crear la Dedecon)”, señala el abogado.

- ¿Qué le parecen en general las indicaciones del gobierno?

- Me parece positivo que se fortalezcan los derechos de los contribuyentes en los procesos de fiscalización. Por ejemplo, las indicaciones establecen que toda actuación del SII y la valoración que este realice de los antecedentes proporcionados por el contribuyente debe ser racional y fundada; que el SII deberá indicar el plazo dentro del cual concluirá sus actuaciones; y que el contribuyente tendrá el derecho de solicitar una certificación del plazo de prescripción aplicable, entre otras medidas.

Lo que nos sorprendió fue la eliminación de ciertas medidas del proyecto original, al acotar la limitación al SII de revisar períodos y partidas ya fiscalizadas solo en el evento que exista una “citación” formal, al eliminar la obligación del SII de revelar la identidad y cargo del funcionario a cargo de la fiscalización, y excluir la aplicación de la norma de silencio positivo ante las peticiones de los contribuyentes.

- ¿Se modera o se fortalece la Norma Antielusión?

- Se incorporan ciertas declaraciones de principios que parecen fortalecerla. El nuevo artículo 4 bis señala que “la elusión contraviene las leyes tributarias chilenas”. Además, formalmente, se elimina el reconocimiento de la buena fe del contribuyente en materia tributaria, no obstante esta se desprendería de los principios generales del derecho.

Ahora bien, la modificación de la manera en que se define el concepto de “notoriamente artificioso”, como un requisito adicional para que exista abuso en materia tributaria, puede importar en la práctica la moderación de la norma.

De esta forma, las indicaciones añaden una complejidad adicional para la aplicación de la norma, ya que no existe ni doctrinaria ni jurisprudencialmente un catálogo que relacione a un acto con cuales serían sus efectos propios, normales y/o pertinentes.

- Generó dudas la conformación de la Comisión Antielusión.

- Si bien en teoría una comisión que comienza su trabajo desde cero podría llegar a operar con mayor rapidez, hay algunos aspectos de las indicaciones que parecen no dar fe de esta lógica.

Primero, sin perjuicio que se propone que la Comisión permanezca en funciones únicamente por dos años, el plazo mínimo para que un acto llegue a ser calificado de elusivo es de 9 a 10 meses (más el plazo de la citación y su eventual prórroga, lo que podría extender el plazo total a un año), por lo que es dudoso que este órgano llegue a analizar un gran número de casos.

Además, no se entiende la necesidad de la presencia del Fiscal Nacional Económico y del Presidente TDLC (con agendas probablemente más recargadas), versus la de un simple comisionado de la CMF.

- ¿Vale la pena aprobar la reforma sin la integración?

- La modernización tributaria incluye cambios relevantes que vale la pena evaluar en su mérito, como al impuesto a las herencias y donaciones, a la norma de gasto aceptado, a la facultad de tasación por parte del SII, la creación de una normativa más completa en materia de tasaciones y reorganizaciones empresariales, el fortalecimiento de los derechos del contribuyente y la creación de la Dedecon.

No obstante, desde un punto de vista político y sistémico, la integración es el corazón de esta reforma. En este sentido, el anhelo es que no se legisle un mal proyecto con el único fin de conservar la medida “estrella”, como ocurrió en 2014 con la renta atribuida. De otra forma en el 2021 ya estaremos discutiendo la reforma a la modernización tributaria.

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