Otro de los ejes del proyecto apunta a simplificar la interacción entre los dos sistemas de impuesto a la renta que crea la reforma desde 2017: el de renta atribuida y el de integración parcial.
En el primero, las utilidades generadas por los contribuyentes quedan afectas a un gravamen de primera categoría de 25%, con una tributación total del 35%, independiente de si fueron retiradas; mientras que en el segundo, el cargo asciende a 27%, con una tasa marginal a nivel personal de hasta 44,45%.
El sistema semi integrado será la norma única general para las empresas que tienen a personas jurídicas como propietarios, denominadas por Hacienda como “complejas”. Estas compañías explican el 74% de las ventas del país. Mientras, atribución de rentas será opcional para las empresas calificadas como “simples”: las que tengan socios, propietarios o accionistas que sean personas naturales contribuyentes del impuesto global complementario.
De esta manera, según cálculos de Hacienda, unas 49.000 empresas caerán en el sistema semi integrado, un 5% del total de compañías; mientras que unas 900.000 (95%) se acogerían a renta atribuida.
Además, el proyecto simplifica los registros que, a partir de 2017, reemplazan al Fondo de Utilidades Tributables (FUT) en ambos sistemas. Hacienda eliminó cuatro registros: renta atribuida a terceros, retiros y distribuciones y rentas afectas a impuestos finales. Respecto del control de las rentas exentas e ingresos no constitutivos de renta generados hasta antes de la entrada en vigencia del nuevo régimen, se propone incorporarlos en el mismo registro en que deben anotarse las generadas a partir de la vigencia
Se reemplazan por un máximo de cuatro, según el tipo de compañía: rentas atribuidas propias, diferencia entre depreciación acelerada y normal, rentas exentas de impuestos finales, y saldo acumulado de créditos.